
Campo de observación
Subconjunto de actividades económico-productivas, que presentan una cierta afinidad tecnológica y profesional, base de la ordenación horizontal del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales. Se han establecido tras el análisis de los campos de Actividad Económica (CNAE), Ocupaciones (CNO), Profesionales (sistemas de Formación Profesional, profesiones reguladas) de otras cualificaciones establecidas en los sistemas de cualificaciones de otros países de la Unión Europea. El Instituto Vasco de Cualificaciones lo denomina Areas de competencia y corresponde con lo que nosotros llamamos sector.
Fuente: Instituto Nacional de las Cualificaciones (INCUAL).
Capacidad profesional
Es aquélla necesaria para el desarrollo de la ocupación; hace referencia a todas las dimensiones de la profesionalidad, tales como: capacidad técnica, capacidad organizativa, de relación con el entorno y de respuesta a contingencias.
Fuente: Fundación Tripartita para la Formación en el Empleo.
Catálogo Modular de Formación Profesional
Es el conjunto de módulos formativos asociados a las diferentes unidades de competencia de las cualificaciones profesionales.
Proporciona un referente común para la integración de las ofertas de formación profesional que permita la capitalización y el fomento del aprendizaje a lo largo de la vida.
Mediante el catálogo modular de formación profesional se promoverá una oferta formativa de calidad, actualizada y adecuada a los distintos destinatarios de acuerdo con sus expectativas de progresión profesional y de desarrollo personal. Atenderá, asimismo, a las demandas de formación para la adquisición de las competencias requeridas por los sectores productivos y el aumento de la competitividad, a través del incremento de la cualificación de la población activa.
Fuente: Real Decreto 1128/2003, de 5 de septiembre, por el que se regula el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales.
Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales
Instrumento del Sistema Nacional de las Cualificaciones y Formación Profesional que ordena las cualificaciones profesionales, susceptibles de reconocimiento y acreditación, identificadas en el sistema productivo en función de las competencias apropiadas para el ejercicio profesional. Incluye el contenido de la formación profesional asociada a cada cualificación, de acuerdo con una estructura de módulos formativos articulados en el Catálogo Modular de Formación Profesional.
Fuente: Real Decreto 1128/2003, de 5 de septiembre, por el que se regula el Catálogo Nacional de las Cualificaciones Profesionales.
Centro Especial de Empleo
Centro, sin ánimo de lucro, cuyo objetivo principal es el de realizar un trabajo productivo, participando regularmente en las operaciones de mercado y teniendo como finalidad el asegurar un empleo remunerado y la prestación de servicios de ajuste personal y social que requieran sus trabajadores minusválidos, a la vez que sea un medio de integración del mayor número de minusválidos al régimen de trabajo normal.
Además, la totalidad de la plantilla deberá estar constituida por el mayor número de trabajadores minusválidos (tanto físicos, psíquicos como sensoriales) que permita la naturaleza del proceso productivo, no pudiendo, en todo caso, ser inferior al 70% de la plantilla.
Fuente: Ley 13/1982, de 7 de abril, de Integración Social de los Minusválidos (LISMI).
Centro Ocupacional
Centro, sin ánimo de lucro, cuya finalidad es asegurar los servicios de terapia ocupacional y de ajuste personal y social a los minusválidos cuya acusada minusvalía temporal o permanente les impida su integración en una empresa o en un Centro Especial de Empleo.
Estos centros constituyen un servicio social para el desarrollo personal de los minusválidos en orden a lograr, dentro de las posibilidades de cada uno, la superación de los obstáculos que la minusvalía les supone, para la integración social.
Fuente: Fuente: Ley 13/1982 de Integración Social de los Minusválidos (LISMI) y Real Decreto 2274/1985 por el que se regulan los Centros Ocupacionales para Minusválidos.
Certificación de competencias
Proceso de validación formal del conocimiento, el know-how y/o las competencias adquiridas por un individuo, por medio de un proceso de evaluación. Los certificados o diplomas son emitidos por las autoridades competentes.
Fuente: Fuente: Centro Europeo para el Desarrollo de la Formación Profesional (CEDEFOP).
Certificado / Diploma
Documento oficial, emitido por la autoridad competente, que recoge los logros de una persona por medio de un proceso de evaluación.
Fuente: Fuente: Centro Europeo para el Desarrollo de la Formación Profesional (CEDEFOP).
Certificado de profesionalidad
Recoge los contenidos mínimos de formación profesional ocupacional para aquellas ocupaciones susceptibles de certificación.
Fuente: Fuente: Instituto Nacional de Empleo (INEM).
Clasificación Internacional Uniforme de Ocupaciones 1988 (CIUO-88)
La CIUO-88 pertenece a una familia de clasificaciones de ocupaciones asociada, desde 1949 en que se publicó la primera versión, a los trabajos de la Conferencia Internacional de Estadísgrafos de la Oficina Internacional del Trabajo (OIT).
La actual versión está concebida como un sistema para la clasificación y agregación de datos sobre ocupaciones, desarrollado sobre unos criterios de clasificación que se basan en el tipo de trabajo realizado y en la competencia o cualificación para llevar a cabo el mismo.
El objetivo es: constituir un instrumento que permita situar los datos nacionales sobre ocupaciones dentro de una perspectiva internacional; presentación uniforme de datos internacionales; servir de modelo para el desarrollo o revisión de las clasificaciones nacionales de ocupación.
Fuente: Fuente: Organización Internacional del Trabajo (OIT).
Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE 93)
Es una estructura compuesta de actividades económicas (agraria, de caza y pesca, minería, industria, construcción y servicios), cuyo objetivo es establecer un conjunto jerarquizado de las mismas que pueda ser utilizado para: 1) favorecer la implementación de estadísticas nacionales que puedan ser diferenciadas de acuerdo con las actividades establecidas, y 2) para clasificar unidades estadísticas y entidades según la actividad económica ejercida.
Fuente: Fuente: Instituto Nacional de Estadística (INE).
Clasificación Nacional de Ocupaciones 1994 (CNO-94)
Una clasificación de ocupaciones es un sistema para la organización y agregación de datos relativos a la ocupación que garantiza una coherencia entre la recogida, tabulación y análisis de los datos, constituyéndose en un instrumento de armonización e infraestructura estadística.
La CNO-94 es una clasificación de ocupaciones en la que la unidad estadística es el empleo, definido como el conjunto de tareas que cumple o que serán cumplidas por una persona o que definen un puesto de trabajo.
Fuente: Fuente: Instituto Nacional de Estadística (INE).
Competencia general
Expresión global de la profesionalidad requerida para el desempeño pleno de la ocupación, en la que se explicitan las grandes funciones que la caracterizan junto a las capacidades que permiten ejercerlas eficazmente con relación al entorno profesional en que se desarrollan.
Fuente: Fuente: Fundación Tripartita para la Formación en el Empleo.
Competencia profesional
Es el conjunto de capacidades, actitudes y conocimientos necesarios para realizar los roles y actividades de trabajo con los niveles requeridos de calidad y eficacia en el empleo.
Fuente: Fuente: Instituto Nacional de las Cualificaciones (INCUAL).
Conciliación de la vida laboral y familiar
Participación equilibrada de mujeres y de hombres tanto en la vida familiar como en el mercado de trabajo.
Fuente: Fuente: Instituto de la Mujer. Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales.
Convenio colectivo
Constituye la expresión del acuerdo libremente adoptado por los representantes de los trabajadores y de los empresarios en virtud de su autonomía colectiva, y como resultado de la negociación desarrollada por los mismos.
Mediante los convenios colectivos, y en su ámbito correspondiente, los trabajadores y empresarios regulan las condiciones de trabajo y de productividad.
Los convenios colectivos podrán regular materias de índole económica, laboral, sindical y, en general, cuantas otras afecten a las condiciones de empleo y al ámbito de relaciones de los trabajadores y sus organizaciones representativas con el empresario y las asociaciones empresariales, incluidos procedimientos para resolver las discrepancias surgidas.
Fuente: Fuente: Estatuto de los Trabajadores.
Coste Laboral
Se define como el coste total en que incurre el empleador/a por la utilización de factor trabajo. Incluye el Coste Salarial más los Otros Costes.
Fuente: Fuente: Índice de Costes Laborales (ICL)-INE.
Coste Salarial
Comprende todas las remuneraciones, tanto en metálico como en especie, realizadas a los/as trabajadores/as por la prestación profesional de sus servicios laborales por cuenta ajena, ya retribuyan el trabajo efectivo, cualquiera que sea la forma de remuneración, o los periodos de descanso computables como de trabajo.
El Coste Salarial incluye por tanto el salario base, complementos salariales, pagos por horas extraordinarias, pagos extraordinarios y pagos atrasados. Todos estos componentes se recogen en términos brutos, es decir, antes de practicar retenciones o pagos a la Seguridad Social por cuenta del/a trabajador/a.
Fuente: Fuente: Índice de Costes Laborales (ICL)-INE.
Costes, Otros
Incluyen las Percepciones Salariales y las Cotizaciones Obligatorias a la Seguridad Social. Las Percepciones no Salariales son las retribuciones percibidas por el/a trabajador/a no por el desarrollo de su actividad laboral sino como compensanción de gastos ocasionados por la ejecución del trabajo o para cubrir necesidades o situaciones de inactividad no imputables al trabajador/a. Comprenden las prestaciones sociales directas (pagos por incapacidad temporal, desempleo, indemnizaciones por despido, etc.), pagos compensatorios (quebranto de moneda, desgaste de útiles o herramientas, adquisicón de prendas de trabajo, gastos de locomoción y dietas de viaje, plus de distancia y transporte urbano, indemnizaciones por traslados, por finalización de contrato, etc.) y otras percepciones no salariales. Las Cotizaciones Obligatorias a la Seguridad Social son las aportaciones legalmente establecidas que el empleador hace al Sistema de la Seguridad Social a favor de sus empleados para cubrir las prestaciones que el Sistema establece y que son las derivadas de situaciones de enfermedad, maternidad, accidente laboral, invalidez, jubilación, familia, supervivencia, desempleo, formación profesional, garantía social o cualquier otra contingencia cubierta por el Sistema de Seguridad Social.
Fuente: Fuente: Índice de Costes Laborales (ICL)-INE.
Cualificación profesional
Conjunto de competencias profesionales con significación para el empleo, que pueden ser adquiridas mediante formación modular u otros tipos de formación, y a través de la experiencia laboral.
Fuente: Fuente: Instituto Nacional de las Cualificaciones (INCUAL).