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Ayuda para la inserción laboral y la conciliación

Ayuda para el fomento de la inserción laboral de mujeres y la conciliación de la vida laboral, personal y familiar

Plazo de presentación abierto Descarga de documentación


Destinatarios

  • Las personas trabajadoras por cuenta ajena que reduzcan su jornada a la mitad por razón de guarda legal de menores de ocho años o por cuidado de familiares en situación de dependencia, siempre que la empresa donde preste servicios contrate a una mujer desempleada para la sustitución de la persona solicitante durante un año ininterrumpido.
  • Las empresas que contraten a mujeres desempleadas e inscritas en las Agencias del Servicio Navarro de Empleo para la sustitución de personas trabajadoras que se hayan acogido a la reducción de jornada en la mitad por guarda legal de menores de 8 años o por cuidado de familiares en situación de dependencia.
  • Las empresas que contraten a mujeres desempleadas e inscritas en las Agencias del Servicio Navarro de Empleo para la sustitución de trabajadoras que se encuentren en situación de incapacidad temporal derivada de embarazo, descanso maternal, acumulación de lactancia y vacaciones.

Características

  • Programa I:

    • Concesión de ayudas a personas trabajadoras por cuenta ajena, que reduzcan su jornada por guarda legal de menores de ocho años o por cuidado de familiares en situación de dependencia.
    • Las personas beneficiarias del Programa I podrán percibir una subvención a fondo perdido de 1.680 euros por unidad familiar y hecho causante. En caso de que el ejercicio del derecho a la reducción de jornada sea disfrutado por un hombre, la cuantía a percibir será de 2.016 euros.
    • En el caso de que exista Convenio Colectivo o Pacto de empresa en el que se recojan medidas de conciliación, que redunden en una mejora organizativa, se incrementará la cuantía de la subvención hasta 2.240 euros.
  • Programa II:

    • Concesión de ayudas a empresas que contraten a mujeres en desempleo para la sustitución de personas trabajadoras que se hayan acogido a la reducción de jornada por guarda legal de menores de ocho años o por cuidado de familiares en situación de dependencia.
    • Las empresas beneficiarias del Programa II podrán percibir una subvención de 2.016 euros por hecho causante.
    • En el caso de que exista Convenio Colectivo o Pacto de empresa en el que se recojan medidas de conciliación, que redunden en una mejora organizativa, la cuantía de la subvención será de 2.240 euros.
    • Las cuantías anteriores se incrementarán en 1.008 euros cuando la trabajadora contratada para la sustitución se encontrase en situación legal de desempleo durante al menos los doce meses anteriores a la fecha de formalización del contrato de sustitución.
  • Programa III:

    • Concesión de ayudas a empresas que contraten a mujeres en desempleo para la sustitución de trabajadoras que se encuentren en situación de incapacidad temporal derivada de embarazo, descanso maternal, acumulación de lactancia y vacaciones.
    • Las empresas beneficiarias del Programa III podrán percibir una subvención de 1.300 euros por hecho causante.

Ayudas cofinanciadas al 50% por el Fondo Social Europeo, a través del Programa Operativo de la Comunidad Foral de Navarra 2007-2013 (CCI 2007ES052PO009)

Plazo de presentación

Del 01-07-2010 al 31-12-2010

Palabras clave:trabajadoras, nacimiento, adopción, acogimiento, dependencia, mujer trabajadora, madre trabajadora

Documentación obligatoria

Tramitación presencial

Servicio Navarro de Empleo
Arcadio Mª Larraona, 1-2ª planta
31008 Pamplona

Resolución 1548/2010, de 2 de junio (BON nº 84, de 12 de julio)

Kattalin Ibáñez Basterrika
Tel.: 848 42 44 54
Fax: 848 42 44 70
kibanezb@cfnavarra.es

Organismo responsable - convocante
Servicio Navarro de Empleo

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