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- La mesa electoral está formada por un presidente y dos vocales.
- Para ser miembro de mesa hay que ser elector de la sección correspondiente a la mesa, menor de 65 años y hay que saber leer y escribir.
- El nombramiento de los miembros de mesa se hace por sorteo, en los ayuntamientos. En el sorteo se obtienen tres nombres para cada cargo, un titular y dos suplentes.
- Los elegidos reciben notificación de su designación como miembros de una mesa electoral en el plazo de tres días a partir del sorteo. En este trámite se les envía la documentación que deberán utilizar el día de las elecciones así como instrucciones sobre su cometido.
- Hay un plazo de siete días para alegar ante la Junta Electoral de Zona las razones de la imposibilidad de aceptar el cargo, si es que existe alguna.
- La Junta resuelve en cinco días sin apelación posible, pero si la causa es aceptada, se comunica al suplente su designación.