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Origen de los datos del sitio
Los datos que se ofrecen a través de estas páginas son un extracto de la información recogida en el Registro de Entidades Locales de Navarra, que ha sido desarrollado por el Departamento de Administración Local del Gobierno de Navarra. Este Registro contiene información de tipo general de las Entidades Locales (denominación, capital, extensión, población, etcétera) e información complementaria (dirección, teléfono, email, horario de atención al público, cargos, etcétera).
Tipología de las Entidades Locales
El buscador de este sitio utiliza como criterios de búsqueda los distintos tipos de Entidades Locales propios de la Comunidad Foral de Navarra. Estos tipos son los siguientes:
- Municipios: son las Entidades Locales básicas en que se organiza territorialmente la Comunidad Foral de Navarra.
- Concejos: son Entidades Locales enclavadas en el término de un Municipio, con población y ámbito territorial inferiores a éste, con bienes propios y personalidad jurídica para la gestión y administración de sus intereses en el ámbito de las competencias atribuidas a los mismos por la legislación vigente.
- Mancomunidades: son Entidades Locales no territoriales constituidas por la asociación de municipios entre sí para la ejecución en común de obras y para la prestación de servicios determinados de su competencia.
- Agrupaciones de Carácter Tradicional: son Entidades Locales no territoriales que tienen un carácter tradicional o histórico, mencionadas en la Ley Foral de Administración Local, nominativamente o genéricamente, como titulares o administradoras de bienes comunales, y existentes a la entrada en vigor de dicha Ley Foral (1 de octubre de 1990).
- Agrupaciones de Municipios: son Entidades Locales no territoriales instituidas mediante Ley Foral por la Comunidad Foral de Navarra para agrupar a varios municipios cuyas características determinen la prestación de servicios comunes a todos ellos.
Otra categoría
Además de los tipos citados, el buscador incluye una categoría de búsqueda ligada al concepto de Lugar habitado, que no es propiamente una Entidad Local sino que responde a la siguiente definición:
- Lugares habitados: un Municipio puede estar integrado por "Entidades colectivas" (Concejos u otro tipo de lugares que, a su vez, tengan integrados otros lugares) y/o "Entidades singulares" (Concejos u otro tipo de lugares, que no tengan integrados otros lugares). Se entienden por "Lugares habitados" las "Entidades singulares" que no son Concejos (es decir, no tienen la consideración de Entidades Locales) pero pueden ser villas, lugares, caseríos, monasterios, etc.
Denominación de las Entidades Locales
Por último, el buscador de este sitio utiliza como criterio de búsqueda el de las denominaciones oficiales de las Entidades Locales de Navarra. La Ley Foral 18/1986, de 15 de diciembre, del Vascuence, introdujo modificaciones en las denominaciones oficiales y en consecuencia podemos encontrar varias fórmulas:
- Denominaciones simples: se utilizan indistintamente, tanto en castellano como en euskera (Tudela, Viana, Aribe, Baztan, Etxarri-Aranatz).
- Denominaciones compuestas: se utilizan indistintamente, tanto en castellano como en euskera (Altsasu/Alsasua, Auritz/Burguete).
- Denominaciónes dobles: la utilización de una u otra depende del idioma que estemos usando, castellano o euskera (Pamplona<>Iruña, Villava<>Atarrabia).