Asistencia sanitaria odontológica a disminuidos psíquicos y físicos en Navarra
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DEPARTAMENTO
Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea (SNS-O)
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OBJETO
Prestar asistencia sanitaria odontológica a disminuidos psíquicos y físicos en Navarra
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DESTINATARIOS
Disminuidos psíquicos y físicos que cumplan las tres circunstancias siguientes:
- Grado de minusvalía igual o mayor del 75%
- En mayores de 18 años, tener un minimo de 15 puntos en "necesidad de asistencia de tercera persona".
- Cumplir los criterios de Riesgo Dental, según el SNS-O
TRAMITACIÓN
1.- EDAD DE 6 a 18 AÑOS: Mediante el Programa de Atención Dental Infantil y Juvenil (PADI) (tfno 848429338)
2.- EDAD > 18 años. Existen dos posiblidades :
- Atención directa por un dentista de SNS-O.
- Atención por un dentista privado con posterior tramitación de un "Reintegro de Gastos", según el siguiente procedimiento:
Antes de recibir la asistencia odontológica:
- El usuario solicita el derecho al reintegro de gastos ante el Servicio de Prestaciones y Conciertos del SNS-O.
- El usuario rellena en el Modelo Oficial del SNS-O sus datos personales y el número de cuenta donde desea cobrar el importe solicitado y adjunta la siguiente documentación exigida.
- Certificado de minusvalia emitido por el Departamento de Bienestar Social, Deporte y Juventud con un grado mínimo del 75 %
- Certificado de necesidad de asistencia de una tercera persona que lo emite el Departamento de Bienestar Social, Deporte y Juventud.
- Certificado de riesgo de enfermendad oral emitido por la Sección Salud Bucodental del SNS-O
El Servicio de Prestaciones y Conciertos notificará al interesado, si procede, la autorización del reintegro con sujeción a las cuantías máximas establecidas.
Después de recibir la asistencia odontológica:
- El usuario acudirá al Servicio de Prestaciones y Conciertos presentando la factura original sellada y firmada con el recibí.
- Una vez valorada la solicitud, el Servicio de Prestaciones y Conciertos emitirá un informe en el que se reintegra el gasto.
NORMATIVA
- Decreto Foral 70/2003, de 7 de abril, por el que se modifica el programa de atención dental a minusválidos (BON núm.54, de 30 de abril).
- Orden Foral 51/2003, de 9 de mayo, del Consejero de Salud, por el que se desarrolla el programa de atención dental a minusválidos (BON núm. 65, de 23 de mayo).
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Sección: Salud Bucodental
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