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      • Comunicación de datos relativa al régimen especial de grupos de entidades en el Impuesto sobre el Valor Añadido

Comunicación de datos relativa al régimen especial de grupos de entidades en el Impuesto sobre el Valor Añadido

  Comunicación de datos relativa al régimen especial de grupos de entidades en el Impuesto sobre el Valor Añadido

  • DEPARTAMENTO Economía y Hacienda
    Hacienda Tributaria de Navarra
  • OBJETO

    Comunicar al Departamento de Economía y Hacienda la siguiente información relativa a las entidades que conforman el Grupo de Entidades:

    • Aplicación/renuncia del Régimen Especial del Grupo de Entidades
    • Comunicar la opción/renuncia establecida en el artículo 108 sexies. Cinco, así como la opción por la aplicación de la regla de la prorrata especial, en relación con el sector diferenciado de las operaciones intragrupo.
    • Comunicación anual a que se refiere el artículo 108 nonies.Cuatro.1.b) -Comunicar cualquier modificación que afecte a las entidades del grupo que apliquen el régimen especial.
  • DESTINATARIOS Se presentará por los sujetos pasivos del IVA que tengan la consideración de entidad dominante del grupo de entidades, siempre que deban presentar a la Administración de la Comunidad Foral de Navarra las declaraciones-liquidaciones del Impuesto, según lo dispuesto en los artículos 33 y 34 del Convenio Económico.
  • PLAZO DE PRESENTACIÓN Con carácter general, en el mes de diciembre anterior al inicio del año natural en el que deban surtir efecto las opciones o renuncias que se comuniquen No obstante, el plazo para comunicar la opción por la aplicación del régimen especial en el año 2008, finalizará el 31 de enero de 2008. Las excepciones al plazo general anteriormente mencionado, quedan establecidas en el artículo 7 de la Orden Foral 5/2008, 16 de enero.
  • TRAMITACIÓN

    La presentación de este modelo sólo podrá realizarse por vía telemática. Puede acceder a la tramitación on line desde aquí

  • NORMATIVA Título VIII, Capítulo IX de la Ley Foral 19/1992 Orden Foral 5/2008, 16 de enero
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