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Efectuar pagos anticipados, a cuenta de la correspondiente autoliquidación del ejercicio en curso.
La opción de pago, en principio, será posible para los sujetos pasivos que tengan cuenta abierta en Caja Navarra, Caja Rural de Navarra, La Caixa o Caja Laboral / Euskadiko kutxa.
Sujetos pasivos del Impuesto de Sociedades que de acuerdo a lo establecido en el Convenio entre el Estado y la Comunidad Foral de Navarra deban tributar en esta última.
La tramitación puede ser telemática o presencial:
Referente al impuesto Art. 73 de la Ley Foral 24/1996 del Impto. sobre Sociedades