Castellano | Euskara | Français | English
Declarar e ingresar los pagos fraccionados que están obligados a realizar los sujetos pasivos que ejerzan actividades empresariales o profesionales, cuando opten por determinar el importe a ingresar en función de la totalidad de los rendimientos netos empresariales o profesionales obtenidos por el sujeto pasivo en el penúltimo año anterior al de los pagos fraccionados. Cuando no resulte cantidad a ingresar los sujetos pasivos no estarán obligados a presentar la correspondiente declaración.
La opción de pago, en principio, será posible para los sujetos pasivos que tengan cuenta abierta en Caja Navarra, Caja Rural de Navarra, La Caixa o Caja Laboral / Euskadiko kutxa.
Sujetos pasivos del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas que ejerzan actividades empresariales o profesionales. Esta modalidad deberá no podrá ser utilizada por los sujetos pasivos que inicien el ejercicio de sus actividades empresariales o profesionales, en el año de inicio y en los siguientes. No estarán obligados a efectuar pagos a cuenta los sujetos pasivos por las actividades agrícolas, ganaderas o forestales sujetas a retención. Por el momento sólo es posible el pago de la cantidad a ingresar resultante por sujetos pasivos titulares de cuentas en Caja Navarra y Caja Rural de Navarra, La Caixa o Caja Laboral/Euskadiko kutxa.
El plazo para presentar la declaración e ingreso será el de los 20 primeros días naturales del mes siguiente a cada trimestre, salvo en el caso de las declaraciones correspondientes al segundo y cuarto trimestre, cuyos plazos finalizan los días 5 de agosto y 31 de enero respectivamente. Los vencimientos que coincidan con sábado o festivo se trasladarán al primer día hábil siguiente.
La tramitación puede ser telemática o presencial: