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Informar a la Hacienda tributaria de Navarra sobre las rentas obtenidas por la entidad en régimen de atribución de rentas, así como la renta atribuible a cada uno de los socios, herederos, comuneros o partícipes de la entidad.
Este modelo deberá ser presentado por las entidades de atribución de rentas, entre las que se incluyen las Sociedades Agrarias de Transformación (SAT); constituidas tanto en España como en el extranjero, que ejerzan una actividad económica o cuyas rentas excedan de 3.000 euros anuales. No obstante, no estarán obligadas a presentar el modelo 184 las entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero que obtengan rentas en territorio español sin desarrollar en el mismo una actividad económica, cualquiera que sea el importe de las rentas obtenidas.
El modelo 184 deberá presentarse entre el 1 de enero y el 20 de febrero de cada año en relación con las rentas obtenidas por la entidad y las rentas atribuibles a cada uno de sus miembros en el año natural inmediatamente anterior.
La tramitación puede ser telemática o presencial:
Orden Foral 56/2004 del Consejero de Economía y Hacienda y sus posteriores modificaciones