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Deberán hacerse constar en la declaración informativa de donaciones, además de los datos de indentificación de la entidad perceptora de los donativos y de la indicación de si se hallan o no acogidas al régimen de deducciones establecido por la Ley foral 10/1996, de 2 de julio, reguladora del régimen tributario de las fundaciones y de las actividades de patrocinio, los siguientes datos referidos a los donantes:
a) Nombre y apellidos o razón social
b) Número de identificación fiscal
c) Importe del donativo
d) Valor de lo donado cuando se trate de donaciones en especie
e) Información sobre las revocaciones de donaciones que , en su caso, se hayan producido en el año natural.
Están obligados a presentar la declaración todas aquellas entidades que perciban donativos que den derecho a deducir en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, tengan la consideración de partida fiscalmente deducible en la base imponible del Impuesto de Sociedades, o den derecho a deducir en el Impuesto sobre la Renta de no Residentes, siempre que dichas entidades receptoras de donativos hayan expedido certificación acreditativa de la donación efectuada.
Deberá presentarse en los treinta primeros días naturales del mes de enero de cada año, en relación con las donaciones recibidas durante el año natural inmediatamente anterior.
La tramitación puede ser telemática o presencial: