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Hacienda Navarra

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Información general 2003

 

INFORMACIÓN GENERAL

La Campaña de Renta y Patrimonio dará comienzo este año el día 7 de mayo y finalizará el 27 de junio.

Naturaleza del Impuesto sobre la Renta y el Patrimonio

- El Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas es un tributo de carácter directo, personal y subjetivo que grava la renta de las personas físicas.

- El Impuesto sobre el Patrimonio es un tributo de carácter directo naturaleza personal que grava el patrimonio neto de las personas físicas.

Conjunta o Separada: Los miembros de una unidad familiar pueden optar por realizar la Declaración de forma conjunta o individual, según les resulte mas favorable.

Tanto si se realiza la Declaración conjunta como separada es necesario aportar:

  •  N.I.F.
  • Justificante de ingresos y retenciones en el 2003.
  • Justificante de las deducciones practicadas.
  • Otros justificantes.
  • Fotocopia del libro de familia.

Principales novedades:

  • Obtención de datos fiscales: Este año la Hacienda Tributaria de Navarra pone a disposición de todos los Contribuyentes la posibilidad de acceder directamente a sus datos fiscales mediante una aplicación en Internet. Esta aplicación permite a los ciudadanos conocer los datos fiscales que la HTN dispone de su persona y facilita la confección de las Declaraciones. Obtención de datos fiscales
  • Propuesta de Declaraciones a domicilio: Este año Hacienda Tributaria de Navarra procederá a enviar 50.000 Declaraciones ya confeccionadas al domicilio de los Contribuyentes. Si usted recibe una Declaración en su domicilio puede seguir los siguientes pasos:
  • Propuesta de Declaración negativa: Hacienda Tributaria de Navarra procederá a ingresarle el importe de la devolución en su cuenta corriente. Si usted no está conforme con el importe de la devolución puede presentar otra Declaración tanto en su entidad habitual o en cualquiera de las Oficinas de Hacienda como por vía telemática. No olvide que para presentar la Declaración en cualquiera de las Oficinas de Hacienda es necesario solicitar antes Cita Previa.

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QUIÉN

Personas físicas: Deben declarar todas las personas físicas que tienen su residencia habitual en Navarra.

Se considera que tienen residencia habitual en Navarra cuando:

  • Permanezcan en dicho territorio mas días del periodo impositivo. Salvo prueba en contrario, se considerará que una persona física permanece en territorio navarro cuando radique en él su vivienda habitual.
  • Tengan en este territorio su principal centro de intereses, considerándose como tal el territorio donde obtengan la mayor parte de la base imponible del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, excluyéndose, a estos efectos, los rendimientos e incrementos de patrimonio derivados del capital mobiliario, así como las bases imputadas en régimen de transparencia fiscal, con excepción del supuesto de sociedades que desarrollen actividades profesionales.
  • Sea éste el territorio de su última residencia declarada a efectos del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

Trabajadores y Pensionistas: Cuando las rentas procedentes de rendimientos del trabajo superen los 6.911,64 €.

Empresarios y Profesionales: Deben declarar en todos los casos.

Están exentas de declarar aquellas personas que obtengan exclusivamente rendimientos de capital mobiliario e incrementos de patrimonio, sometidos a retención o ingreso a cuenta y que no superen conjuntamente 1.502,53 € brutos anuales.

Están sujetos al impuesto de Patrimonio las personas físicas cuando su base imponible resulte superior a 150.253,03 €.

 

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CUANDO

 Campaña de Renta: La Campaña dará comienzo el día 2 de mayo y finalizará el 27 de junio.
  • Declaraciones negativas: Las cuotas a devolver se abonarán por orden de recepción a partir del día 20 de mayo excepto en el caso de las propuestas enviadas a domicilio donde directamente se ingresarán en la cuenta corriente del Contribuyente.
  • Para saber en que fecha le devolverán puede utilizar la aplicación Cuándo me devolverán en la que introduciendo el NIF y el importe de la autoliquidación le indicará la fecha de su devolución.

    Declaraciones positivas: Las cuotas a pagar se abonarán en su Banco o Caja de Ahorros, pudiendo efectuar el pago en dos plazos, correspondiente cada uno al 50% de la cuota:

    • Antes del 3 de julio.
    • Antes del 25 de noviembre.

    Cita Previa: Puede pedir cita para realizar la Declaración en cualquiera de las Oficinas de la Hacienda Tributaria de Navarra

    , a partir del día 28 de abril a través del teléfono 901 505 505 ó a través de Internet mediante la aplicación Cita Previa.

    El Programa de Ayuda para poder realizar la Declaración usted mismo estará disponible a la venta el día 7 de mayo en las Oficinas de la Hacienda Tributaria de Navarra y en Vuelta del Castillo, nº 9 de Pamplona.

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    DÓNDE

    • Oficinas de Hacienda:
    • Puede realizar su Declaración en las siguientes Oficinas de la Hacienda Tributaria de Navarra:
    • PAMPLONA: Monjardín, 3
    • BARAÑAIN: Avda. Comercial, 22
    • TAFALLA: Plza. Teófano Cortés, 10
    • BURLADA: Pza. Ezcabazabal, 9
    • TUDELA: Plza. Sancho el Fuerte, 8
    • ESTELLA: Plza. de la Coronación, 2 ara realizar su Declaración en alguna de las distintas oficinas de Hacienda será necesario que previamente haya solicitado Cita Previa, bien a través del teléfono 901 505 505 ó bien a través de Internet 
    • Entidades Colaboradoras:
    • Puede realizar su Declaración en su Entidad Colaboradora más cercana.
    • Recuerde que para realizar la Declaración es necesario que previamente haya obtenido y conozca su PIN. Si no lo tiene, solicítelo en las Oficinas de la Hacienda Tributaria de Navarra.
    • Si realiza su Declaración en una de las Oficinas de la Hacienda Tributaria de Navarra o en una Entidad Colaboradora le cumplimentarán su Declaración previa presentación de todos los justificantes sin necesidad de adquirir previamente los impresos.
    • Otras entidades:
    • Usted puede realizar su Declaración en otras entidades como asesorías fiscales, sindicatos, asociaciones profesionales, etc. Mas de 100 operadores repartidos por toda Navarra le harán mas fácil y cómoda la realización de su Declaración.
    • Los impresos para la realización de la autoliquidación están a la venta en todos los estancos y Oficinas de la Hacienda Tributaria de Navarra .
    • El Programa de Ayuda para la realización de la autoliquidación podrá adquirirse en las Oficinas de Hacienda y en Vuelta del Castillo nº 9.

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    CÓMO

    • Oficinas de Hacienda:
    • La Declaración de la Renta  puede realizarse en cualquiera de las Oficinas de la Hacienda Tributaria de Navarra . Para ello es necesario haber solicitado Cita Previa bien a través del teléfono 901 505 505 o de Internet (desde aquí) y aportar toda la documentación necesaria (NIF, justificantes, libro de familia, etc.)
    • Entidades Colaboradoras y otras entidades:
    • Si decide presentar su Declaración en una Entidad Colaboradora u otra entidad (asesoría fiscal, asociación profesional, sindicato etc.) recuerde que deberá presentar toda la documentación necesaria para la realización de la Declaración (NIF, justificantes, libro de familia, etc.). Recuerde que para realizar la Declaración es necesario que previamente haya obtenido y conozca su PIN. Si no lo tiene, solicítelo en las Oficinas de la Hacienda Tributaria de Navarra.
    • Envío de Declaraciones a Domicilio:
    • Este año la Hacienda Tributaria de Navarra procederá a enviar 50.000 Declaraciones ya confeccionadas al domicilio de los distintos Contribuyentes. Si usted rocederá a ingresarle el importe de la devolución en su cuenta corriente. Si usted no está conforme con el importe de la devolución puede presentar otra Declaración tanto en su entidad habitual o en cualquiera de las Oficinas de Hacienda como por vía telemática. No olvide que para presentar la Declaración en cualquiera de las Oficinas de Hacienda es necesario solicitar antes Cita Previa 
    • Propuesta de Declaración positiva. Usted podrá:
    • Si está conforme, proceder al pago por cualquiera de las siguientes vías:

    - Domiciliación por Internet
    - Carta de Pago. Puede realizar el pago bien en un solo plazo o en dos plazos diferentes:

    • El primer plazo antes del 3 de Julio de 2004.
    • El segundo plazo antes del 25 de Noviembre de 2004 .

    - Mediante los cajeros automáticos de la CAN (Caja de Ahorros de Navarra).

    • Si usted no está conforme con el importe de la propuesta puede presentar otra Declaración tanto en su entidad habitual o en cualquiera de las Oficinas de Hacienda como por vía telemática. No olvide que para presentar la Declaración en cualquiera de las Oficinas de Hacienda es necesario solicitar antes Cita Previa

    Impresos y Programa de Ayuda: Si opta por confeccionar personalmente su Declaración puede adquirir los IMPRESOS necesarios en todas las Oficinas de la Hacienda Tributaria de Navarra, así como en los estancos. También es posible descargarse de Internet el Programa de Ayuda

    • En la sección de Disposiciones Fiscales encontrará información útil para confeccionar su Declaración.
    • Presentación telemática:
    • La Declaración de la Renta y Patrimonio se puede realizar por Internet, a través de la Web de Campaña de Renta. Para realizar su Declaración por esta vía es necesario obtener previamente el Certificado de Acreditación Digital o Firma Electrónica (FNMT) Con todos los justificantes: Recuerde que para poder realizar correctamente su Declaración es necesario aportar:

    - N.I.F.
    - Justificante de ingresos y retenciones en el 2003.
    - Justificante de Deducciones.
    - Otros justificantes
    - Fotocopia del Libro de familia.
    - Si carece de cualquier justificante, solicítelo a la entidad que deba expedirlo.
    - Cuando la Declaración se presente por el procedimiento automático, siendo confeccionada por el personal de las entidades colaboradoras de la Hacienda, o la misma se realice por medios telemáticos, los documentos y justificantes exhibidos por los sujetos pasivos, no se incorporarán a la correspondiente Declaración si los datos en ella contenidos han sido previamente facilitados y se encuentran en poder de la Administración Tributaria.

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    POR QUÉ

    Es necesario que todos realicemos correctamente la Declaración de la Renta y el Patrimonio. El Gobierno de Navarra destina el dinero recaudado con los impuestos a la realización de acciones que repercuten directamente en la mejora de la calidad de vida de los ciudadanos navarros. En el siguiente gráfico se aprecia el destino del gasto efectuado por el Gobierno de Navarra aplicado al ejercicio 2002:

    POR CADA 100 EUROS RECAUDADOS SE DESTINAN:

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    Gobierno de Navarra

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