Se estructura en los siguientes Servicios:
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Servicio de Planificación e Infraestructuras.
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Servicio de Calidad e Inspección.
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Servicio de Incorporación Social.
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Servicio de Coordinación y Cooperación con las Entidades Locales.
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Servicio de Cooperación Internacional al Desarrollo.
(Ver artículo 9 Decreto Foral 125/2007)
La Dirección General de Asuntos Sociales y Cooperación al Desarrollo ejercerá las atribuciones previstas en este Decreto Foral con relación a las siguientes materias:
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Asuntos sociales.
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Cooperación internacional al desarrollo.
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Protección del menor en lo referente a planificación, investigación y coordinación y cooperación con las Entidades Locales.
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Familia, protección del menor y políticas de igualdad entre mujeres y hombres en lo referente a implantación de sistemas de calidad, control e inspección de programas, centros y servicios, y ejecución y control de obras de infraestructura y planes de equipamiento.
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Políticas de igualdad entre mujeres y hombres en lo referente a la gestión de servicios de atención a mujeres víctimas de violencia de género.
Asimismo, ejercerá el protectorado de las Fundaciones que recaigan dentro del ámbito material del Departamento y aquellas otras funciones que le atribuyan las disposiciones vigentes al Departamento de Asuntos Sociales, Familia, Juventud y Deporte en el ámbito propio de la Dirección General.
(Ver artículo 8 Decreto Foral 125/2007)