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Ayudas de asistencia especializada para personas con discapacidades.
Posibilitar tratamientos ambulatorios de carácter rehabilitador, siempre que no se reciban a través de otras prestaciones y resulte imposible canalizarlas por otros recursos existentes en la Comunidad Foral.
El baremo establecido para la concesión de las ayudas tiene como referencia el SMI y oscila desde una subvención del 100% para ingresos inferiores a 175,00 € /mes, hasta una subvención del 30% para ingresos inferiores a 875,00 € /mes.
La cuantía máxima a otorgar no superará, en ningún caso, la cuarta parte del salario mínimo interprofesional, ascendiendo dicha cantidad a 2.100 euros.
Los conceptos susceptibles de ayuda económica son siguientes:
1. Tratamientos:
-Logopedia.
-Fisioterapia.
2. Transporte necesario para la realización de estos tratamientos.
3. Transporte para tratamientos de atención temprana (0-3 años).
4. Otras ayudas que la Agencia Navarra para la Dependencia pueda considerar susceptibles de concesión.
Para percibir esta ayuda será necesario el informe de idoneidad de la Sección de Valoración de la Agencia Navarra para la Dependencia.
- Solicitud en instancia general , debidamente cumplimentada y firmada.
-Fotocopia del D.N.I., permiso de residencia o en su defecto pasaporte de la persona solicitante.
-Presupuesto o factura.
-Informe médico.
-Documentación justificativa de la resolución de las solicitudes realizadas a otras entidades públicas y/o privadas.
-Declaración jurada de ingresos económicos.
-Solicitud de abono por transferencia del Gobierno de Navarra.
Abierto todo el año
Agencia Navarra para la Dependencia
C./ González Tablas nº 7
31005 Pamplona
ADVERTENCIA: El contenido de esta página tiene carácter meramente informativo. Las condiciones de este Procedimiento son las publicadas en la Normativa correspondiente.