Subvenciones a la Red de Servicios de Información Juvenil reconocidos oficialmente - 2008
- CONVOCA
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NORMATIVA
Orden Foral 253/2008, de 24 de junio (BON nº 90 del 23/07/2008
- OBJETO
Conceder subvenciones para el normal funcionamiento de la Red de Servicios de Información Juvenil (SIJ) oficialmente reconocidos, así como la posibilidad de formalizar convenios con oficinas de información juvenil que tengan más de 50.000 consultas al año.
- CARACTERISTICAS
Presupuesto de gasto de 208.000 € con un máximo de 40.000 € para entidades con más de 50.000 consultas y del 50% del costre para la adquisición de equipamiento informático con un máximo de 1.000 €.
Para Oficinas y Puntos de Información Juvenil:
- Apoyar actividades de funcionamiento y mantenimiento.
- Apoyar la adquisición de equipamiento informático, posibilitando el acceso a internet y correo electrónico.
Para Oficinas de Información Juvenil:
- Apoyar la financiación, como máximo, de una persona para la atención de la oficina.
- Apoyar actividades de dinamización de la información.
Quedan excluidas todas las actividades objeto de otra convocatoria más específica o que no sean propios de las oficinas y puntos de información.
DESTINATARIOS
Servicios de Información Juvenil reconocidos oficialmente con el Instituto Navarro de Deporte y Juventud (Decreto Foral 109/2005, de 22 de agosto, BON nº 112 del 19/09/2005).
DOCUMENTACIÓN
La documentación deberá incluir:
- Informe y condiciones de funcionamiento del Servicio.
- Presupueso anual.
- Memoria de actividades.
- Justificantes de los gastos (facturas originales y fotocopias de las mismas).
- Cuando el importe del gasto supera 12.000 € se deberá presentar declaración responsable.
La Subdirección de Juventud podrá requerir la ampliación o mejora de la información presentada.
PLAZO DE PRESENTACIÓN
DEL 22/09/2008 AL 31/10/2007
LUGAR DE PRESENTACIÓN
Registro del Instituto Navarro de Deporte y Juventud.
C/ Arrieta, 25. 31002 - Pamplona
Otros lugares de presentación
PASOS SIGUIENTES
La resolución de las solicitudes la llevará a cabo el Director Gerente del Instituto Navarro de Deporte y Juventud en el plazo de un mes desde la finalización de la fecha de presentación de solicitudes.
Una vez resuelta la convocatoria de subvención, la Resolución de la concesión se expondrá en los paneles habilitados en la sede del Instituto Navarro de la Juventud para la información pública.
Transcurrido el plazo sin notificación las solicitudes se entenderán desestimadas.
Los beneficiarios de las subvenciones deberán:
- Destinarlas a los fines para los que se conceden.
- Justificar documentalmente su aplicación, conforme a lo establecido en la base 5.1.C).
- Estar al corriente, en el momento en que se dicte la propuesta de resolución, en el cumplimiento de sus obligaciones con la Hacienda Pública de Navarra, así como frente a la Seguridad Social y de reintegro frente a la Administración de la Comunidad Foral de Navarra.
- En toda la publicidad de la actividad, la entidad beneficiaria deberá indicar que está subvencionada por el Gobierno de Navarra.
- Proceder al reintegro de los fondos percibidos en los supuestos contemplados en el artículo 35 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones.
CONTACTO
Negociado de Formación e Información (848-427844/36) infojuve@navarra.es