Contratación del servicio "Voy y Vengo"
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DEPARTAMENTO
Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones.
Servicio de Ordenación y Gestión de Transportes.
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OBJETO
Prevenir los accidentes de tráfico entre los jóvenes de los diferentes municipios navarros, evitando que conduzcan vehículos particulares durante el horario nocturno.
Para ello, se establecerán servicios de autobuses para traer y llevar a los citados jóvenes a otros municipios o localidades.
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DESTINATARIOS
- Entes locales (ayuntamientos, concejos o mancomunidades).
- Podrán contratar:
- Intensificación de líneas regulares coincidentes.
- Sin líneas regulares coincidentes.
DOCUMENTACIÓN
Impreso de solicitud 2008 cumplimentado.
TRAMITACIÓN
En el caso de intensificación de línea ya existente:
- El contratante se dirigirá al concesionario planteando el servicio a realizar, con indicación del itinerario, horario, calendario, número de serviciios a realizar y tarifa que desea cobrar.
- La empresa contestará a la petición, manifestando si tiene personal y medios disponibles y planteando el coste del servicio a partir de la estructura de costes de su concesión, sugiriendo cuál sería la tarifa idónea y el mínimo de garantía para cubrir el servicio. De esta contestación se dará igualmente traslado al Servicio de Ordenación y Gestión de Transportes, quien examinará la adecuación de la misma a las condiciones de la concesión existente.
- Una vez llegados a un acuerdo, la empresa comunicará al Departamento de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones la intensificación del servicio y solicitará la aprobación de las tarifas especiales.
En el caso de que no exista una línea regular coincidente y se vayan a realizar 4 o más viajes al mes:
- El ente local, siguiendo el procedimiento al que está obligado por la normativa vigente, contratará el servicio con empresas de transporte de viajeros que posean autorización de transporte público de viajeros en vigor.
- Al iniciar el expediente de contratación, el contratante debe de actuar de conformidad con lo dispuesto en el artículo 5 y siguientes del Decreto Foral 350/1998 de 9 de Diciembre, por si existieran derechos de preferencia de líneas regulares de débil tráfico coincidentes.
- Una vez adjudicado el servicio, la empresa adjudicataria solicitará en el Departamento de Obras públicas, Transportes y Comunicaciones la autorización de tranporte especial y, en el caso de cobro individual, solicitará el mismo.
En el caso de que no exista una línea regular coincidente y se vayan a realizar menos de 4 viajes:
- El ente local, siguiendo el procedimiento al que está obligado por la normativa vigente, contratará el servicio con empresas de transporte de viajeros que posean autorización de transporte público de viajeros en vigor.
- La empresa adjudicataria comunicará al Departamento de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones con un plazo mínimo de 15 días de antelación a la prestación del servicio, las condiciones del mismo, utilizando el modelo incorporado en la tramitación telemática.
- Realizada la comunicación en forma y plazo, se entenderá autorizado el servicio, salvo que el Departamento, a la vista de las condiciones comunicadas, aprecie razones de interés público que justifiquen la no realización del servicio, procediendo en dicho caso a no autorizar la realización del mismo.
En caso de estar interesado , puede presentar su solicitud enviándola a la dirección de e-mail iazconam@cfnavarra.es
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Departamento de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones.
Yanguas y Miranda, 5 - Pamplona.
Tfno: 848 427542 / 848 423381
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