Autorización Complementaria de circulación
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DEPARTAMENTO
Presidencia, Justicia e Interior
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OBJETO
Dar cumplimiento al requisito exigido de expedición de autorizaciones complementarias de circulación.
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DESTINATARIOS
Vehículos de mercancía indivisible y especiales que superen las masas o dimensiones estándares
- DOCUMENTACIÓN
- Autorizaciones a vehículos de mercancías:
- Solicitud de autorización debidamente cumplimentada
- Permiso de circulación de cada vehículo tractor
- Ficha Técnica de cada vehículo tractor
- Croquis de carga
- Estudio detallado, que justifique que el uso especial de la carretera no producirá daños a ésta, que la seguridad de la circulación quedará garantizada y que se tomarán las medidas necesarias para reducir al máximo las afecciones al resto de los usuarios de la carretera.
- Garantía, cuando así lo exija el Titular de la vía.
- Justificante del pago de la Tasa mediante el documento mod. C-3 de carta de pago.
Autorizaciones a grúas autopropulsadas:
- Solicitud de autorización debidamente cumplimentada
- Permiso de circulación de cada vehículo tractor
- Ficha Técnica de cada vehículo tractor
- Croquis de carga
- Justificante del pago de la Tasa mediante el documento mod. C-3 de carta de pago
Autorizaciones a vehículos especiales agrícolas
- Solicitud de autorización debidamente cumplimentada
- Permiso de circulación de cada vehículo tractor
- Ficha Técnica de cada vehículo tractor
- Caso de pertenecer a una Cooperativa agraria: Certificado de su pertenencia expedido por la misma
- Justificante del pago de la Tasa mediante el documento mod. C-3 de carta de pago
PLAZO DE PRESENTACIÓN
Durante todo el año
TRAMITACIÓN
Las solicitudes y documentación ordinaria se presentan por fax 848 429 798
De forma presencial se entregan las autorizaciones en la
Sección de Tráfico y Seguridad Vial
Ctra. Pamplona/Zaragoza km. 3,5-1º Izda.
31191 Cordovilla (Navarra).
NORMATIVA
- Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, que aprueba el Reglamento General de Circulación (B.O.E. nº 306 23/12/2003).
- Real Decreto 2822/1998, de 23 de Diciembre, que aprueba el Reglamento General de Vehículos (B.O.E. nº 26/01/1999).
- Real Decreto 1812/1994, de 2 de septiembre, que aprueba el Reglamento General de Carreteras (B.O.E. nº 228 23/09/1994)
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Sección de Tráfico y Seguridad Vial
Tfnos.: 848 429 774 / 5
Fax : 848 429 798
Ctra. Pamplona/Zaragoza km. 3,5
31191 CORDOVILLA (Navarra)