(ir al contenido)
Castellano
|
Euskara
|
Français
|
English
Ingreso en pisos residencia de acogida para mujeres víctimas de malos tratos.
Ingreso en pisos residencia de acogida para mujeres víctimas de malos tratos.
-
DEPARTAMENTO
Asuntos sociales, Familia, Juventud y Deporte.
Dirección General de Asuntos Sociales y Cooperación
al Desarrollo.
-
OBJETO
Dar acogida durante un año, con posible prórroga de seis meses más, hasta alcanzar el segundo año como máximo y por motivos excepcionales, a mujeres solas o acompañadas de sus hijos/as que se encuentren en situación de indefensión por causa de violencia física o psicologíca, tras su estancia en la Casa de Acogida, para que puedan orientar su vida facilitándoles los medios y recursos que les ayuden a su reintegración.
-
DESTINATARIOS
- Mujeres, solas o acompañadas de sus hijos/as víctimas de malos tratos, que no cuenten con recursos y que residan en Navarra, y hayan sido usuarias de la Casa de Acogida.
- Las mujeres inmigrantes deberán cumplir los puntos anteriores, además de hallarse en situación legal en nuestro país y haber vivido en Navarra durante seis meses.
- Con carácter extraordinario se admite a mujeres menores de edad, que sean víctimas de malos tratos por su pareja en condición de convivencia estable.
DOCUMENTACIÓN
Precisa informe del Equipo Gestor de la Casa de Acogida.
PLAZO DE PRESENTACIÓN
Durante todo el año.
TRAMITACIÓN
Información y Tramitación: A propuesta del Equipo Gestor de los recursos (Centro de Urgencia y Centro de Acogida); Servicios Sociales de Base y el Instituto Navarro de Bienestar Social.
NORMATIVA
- Ley Foral 22/2002, de 2 de julio, (BON 84 de 12/07/2002)
- Ley Foral 12/2003, de 7 de marzo, (BON 32 de 14/03/2003)
- Ley 27/2003, de 31 de julio, (BOE 183 de 1/08/2003)
Contacte con nosotros
Servicio de Coordinación y Cooperación con las Entidades Locales.
Teléfono: 848 426900
C/ González Tablas s/n
31005 Pamplona