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Servicio Telefónico de Emergencia

  Servicio Telefónico de emergencia.

  • DEPARTAMENTO Asuntos Sociales, Familia, Juventud y Deporte
    Dirección General de Asuntos Sociales y Cooperación al Desarrollo
    Agencia Navarra para la Dependencia
  • OBJETO

    Es un Servicio preventivo y asistencial para proporcionar seguridad en el domicilio y atención a las emergencias de las personas usuarias.
    Mediante un medallón y/o Pulsera sujeto al cuerpo de la persona usuaria, se activa una alarma que pone a ésta en comunicación con el 112 ( SOS Navarra ).
    Servivios complementarios:

    • Llamadas de " cortesía " (llamadas al usuario para hacer seguimiento de su situación) y " alarma de inactividad " (detecta la falta de movimiento durante un periodo determinado en un lugar concreto del domicilio).
    • El Servicio cubre toda la Comunidad Foral de Navarra y la atención es bilingüe (castellano y euskera).
    • Es un servicio con participación de los usuarios según tarifa. Están exentos de pago los usuarios con rentas inferiores al IPREM

  • DESTINATARIOS

    Personas mayores de 65 años o menores de dicha edad cuyas circunstancias físicas, de salud o familiares lo requieran.

    • Para las personas mayores de 65 años: Vivir solas, o permanecer solas durante la mayor parte de la jornada diaria, en una situación sociosanitaria que implica un alto nivel de riesgo.
    • Para personas menores de 65 años: Presentar discapacidad que limite su autonomía personal o presentar problemas susceptibles de ser solucionados mediante los recursos que este servicio está en condiciones de movilizar.

    Deben cumplir las siguientes condiciones respecto a la convivencia:

    • Vivir solas.
    • Vivir acompañadas de persona mayor de 65 años, siendo esta la cuidadora principal.
    • Vivir acompañadas de persona menor de 65 años, que presente algún tipo de discapacidad en el momento de solicitar el servicio.
    • Vivir acompañadas de persona menor de 65 años, que permanezca fuera del domicilio al menos siete horas diarias.

  • DOCUMENTACIÓN
  • PLAZO DE PRESENTACIÓN Todo el año
  • TRAMITACIÓN

  • NORMATIVA
    • Orden Foral 505/1992, de 9 de septiembre. (BON 114 del 21/09/92)
    • Orden Foral 540/1992, de 22 de septiembre, (BON 128 del 23/10/92)
    • Acuerdo de la Junta de Gobierno del Instituto Navarro de Bienestar Social de 18 de junio de 1997 por el que se aprueban las tarifas y las normas de aplicación de las mismas por la prestación de servicios gestionados directa o indirectamente por el Instituto Navarro de Bienestar Social. (BON 96 del 11/08/97)
    • RESOLUCIÓN 4063/2002, de 17 de julio, del Director Gerente del Instituto Navarro de Bienestar Social, por la que se propone aprobar las normas que regularan el acceso al Servicio Telefónico de Emergencia.
  • Contacte con nosotros Agencia Navarra para la Dependencia
    C/González Tablas s/n,
    31003 Pamplona
    Tfno: 848-426900
    Fax: 948-240108
    andep.informacion@navarra.es
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