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Ingreso en residencias y centros de día

  Ingreso en residencias y centros de día, propios y concertados, de personas mayores, y servicio de estancias diurnas en centros gerontológicos

  • DEPARTAMENTO Asuntos Sociales, Familia, Juventud y Deporte
    Dirección General de Asuntos Sociales y Cooperación al Desarrollo
    Agencia Navarra para la Dependencia
  • OBJETO

    Prestar atención en residencia (alojamiento, manutención y atención sanitaria y social) a personas mayores de 65 años en alguna de estas situaciones: Válidas (con autonomía en su cuidado diario); o Asistidas (con un determinado grado de dependencia o discapacidad que limita su nivel de autonomía). El Gobierno de Navarra tiene:

    • Residencias de Tercera Edad: El Vergel, en Pamplona; Santo Domingo, en Estella; San Fco. Javier, en Pamplona.

    Ofrecer atención y soporte socio-sanitario a personas en situación de deterioro avanzado, que favorezca el mantenimiento de sus capacidades, de modo que sirva de alternativa al ingreso definitivo.

    Apoyar a las familias ante las exigencias de cuidado de estas personas, mientras permanezcan en el entorno familiar.  El Gobierno de Navarra tiene:

    • Centros de Día: El Vergel, en Pamplona, San Fco. Javier, en Pamplona.

  • DESTINATARIOS
    • Residir en Navarra.
    • Ser mayor de 65 años.
    • Ser menor de 65 años y tener imposibilidad de vivir independientemente, bien por su incapacidad física o mental o por circunstancias de origen social.
    • Personas mayores dependientes, en fases avanzadas de la enfermedad, que se adecuen al perfil de usuarios del centro.
  • DOCUMENTACIÓN
    • Solicitud en impreso normalizado firmado por el usuario o por su tutor legal.
    • Informe médico específico (anexo a la solicitud).
    • Informe social del Servicio Social de Base o del Centro de Salud de Atención Primaria.
    • Fotocopia del DNI.
    • Certificado de empadronamiento.
    • Justificante de ingresos de la unidad familiar.
    • Inscripciones registrales de los bienes de su propiedad o, en su caso, escritura de transmisión de Bienes.
    • En caso de incapacidad legal, resolución judicial de incapacidad legal y designación de tutor.
  • PLAZO DE PRESENTACIÓN

    Se puede solicitar a lo largo de todo el año

  • TRAMITACIÓN

    El Instituto Navarro de Bienestar Social gestiona la lista de espera para el acceso a plazas propias y concertadas. Para establecer el orden de acceso, valora la necesidad, de acuerdo con el nivel de necesidad de cuidados, con la situación económica y con las dificultades para recibir ayuda por parte de la familia.

    • El Agencia Navarra para la Dependencia establece la cantidad a pagar por cada usuario. Para ello aplica un baremo que tiene en cuenta los ingresos y los bienes inmobiliarios y de capital de la unidad familiar.
    • El usuario que no paga todo el importe de la tarifa, contrae una deuda por la parte de la tarifa no satisfecha que, eventualmente, pagará con sus bienes futuros o que sus herederos satisfarán al hacerse cargo de la herencia. Para garantizar el pago de esta deuda, el interesado, y con cargo a los bienes de su propiedad, tiene que establecer garantías reales o personales, de acuerdo a la Ley Foral 17/2000. Importante: Los Usuarios de Centro de Día no deben constituir garantías.
    • Las tarifas se fijan anualmente.

  • NORMATIVA
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