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Valoración grado dependencia

  Valoración del Grado de Dependencia

  • DEPARTAMENTO

    Asuntos Sociales, Familia, Juventud y Deporte

  • OBJETO

    Acreditar el grado de dependencia de las personas y establecer un programa individual de atención (PIA) con la participación del beneficiario, de su familia o entidades tutelares que lo representen.

    Por dependencia se entiende la situación permanente en que se encuentran las personas que, por razones derivadas de la edad, la enfermedad o la discapacidad, precisan de la atención de otra u otras personas o ayudas importantes para realizar actividades básicas de la vida diaria o, en el caso de las personas con discapacidad intelectual o enfermedad mental, de otros apoyos para su autonomía personal.

    La certificación del nivel de Dependencia es un documento personal válido para todo el Estado Español.

  • DESTINATARIOS
    • La persona que pueda estar afectada por algún grado de dependencia o de quien ostente su representación,
    • Que haya residido en territorio español durante cinco años, de los cuales dos deberán ser inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud. Para los menores de cinco años el periodo de residencia se exigirá a quien ejerza su guarda y custodia.
  • DOCUMENTACIÓN
    • Instancia en modelo específico que contiene Informe Médico y Declaración de Guardador de hecho, en su caso.
    • Fotocopia compulsada del DNI/NIE/Pasaporte del solicitante.

    En los casos en que el solicitante actúe a través de representante legal o guardador de hecho, deberá aportarse además la siguiente documentación:

    • Acreditación de la representación legal mediante fotocopia compulsada de la sentencia que la declare o en su caso declaración de guardador de hecho según modelo.
    • Fotocopia compulsada del DNI/NIE/Pasaporte del representante legal o del guardador de hecho.

  • TRAMITACIÓN

  • NORMATIVA
    • Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de Dependencia.
    • Real Decreto 504/2007, de 20 de abril, de aprobación del baremo de valoración de la situación de dependencia.
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