Solicitud de transporte sanitario
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DEPARTAMENTO
Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea
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OBJETO
El transporte sanitario se utiliza en los casos siguientes:
- DOCUMENTACIÓN
- En los traslados programados, tanto para un día (consultas, ingresos no urgentes, etc), como para recibir un tratamiento prolongado (rehabilitación, quimioterapia, etc.) la solicitud se realizará mediante informe médico con motivo justificativo sobre la necesidad del uso de ambulancia en el traslado.
- Para los traslados urgentes se realizará mediante llamada de teléfono 112.
TRAMITACIÓN
- Para todos los traslados programados, una vez autorizados por el Servicio de Prestaciones y Conciertos, es imprescindible ponerse en contacto con la empresa de ambulancias que corresponda, según la zona de residencia, con un mínimo de 24 horas de antelación.
- Los traslados urgentes se tramitan mediante llamada telefónica al 112.
NORMATIVA
- Real Decreto 1030/2006, de 15 de septiembre, por el que se establece la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud y el procedimiento para su actualización
- Decreto Foral 29/1997, de 10 de febrero, por el que se regula el transporte sanitario en Navarra (BON Nº 27, de 3 de marzo).
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Sección: Servicio de Prestaciones y Conciertos
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Pamplona
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