Programa de Atención Dental Infantil y Juvenil (PADI)
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DEPARTAMENTO
Servicio Navarro de Salud/Osasunbidea (SNS-O)
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OBJETO
Es un programa cuya finalidad es mejorar el Sistema de Atención Dental existente en Navarra y, en definitiva, mejorar los niveles de salud bucodental mediante actuaciones preventivas y asistencia dental básica gratuita.
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DESTINATARIOS
Los niños y jóvenes residentes en Navarra que, durante ese año, cumplan de 6 a 18 años de edad
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PLAZO DE PRESENTACIÓN
Todo el año
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TRAMITACIÓN
- En diciembre, el SNS/O envía a las personas que van a cumplir de 6 a 18 años durante el año entrante un sobre con:
- Un Talón de Aceptación: imprescindible para usar el Programa (ver apartado siguiente)
- Un folleto informativo, con normas de utilización y el listado de dentistas.
- Usted pide cita, personalmente o por teléfono, a uno de los dentistas incluidos en el Listado de Profesionales habilitados que aparece en el folleto informativo. Si no puede acudir a dicha cita, llame con antelación para cambiarla.
- Antes de realizar la primera revisión de cada año, tanto usted como el dentista firmarán el Talón de Aceptación (ver apartado talón de aceptación). Desde ese momento su hijo se beneficiará del Programa.
- Dentro del mismo año no es posible cambiar de dentista, salvo situaciones excepcionales, en cuyo caso la Unidad de Salud Bucodental determinará cómo hacerlo (ver apartado “contacto”).
- El dentista puede negarse a prestar sus servicios si ocurre alguna de las siguientes circustancias:
- Su hijo/a no ha utilizado el Programa en los 2 años naturales anteriores.
- Su hijo/a no ha acudido, sin avisar previamente, a las 2 últimas citas concertadas con ese dentista.
Si el dentista le niega la asistencia dental, lo notificará a la Unidad de Salud Bucodental. Desde ahí se derivará a su hijo/a a la consulta dental que corresponda para garantizar la atención dental que necesite.
¿QUÉ ES EL TALÓN DE ACEPTACIÓN?
Es un documento personalizado que se envía cada mes de dicienbre, a las personas con derecho al PADI durante el año siguiente.
Es imprescindible tenerlo para que el niño o joven pueda beneficiarse del Programa.
En la primera revisión de cada año, tanto usted como el dentista firmarán el Talón de Aceptación en los lugares reservados a tal efecto en el reverso.
El dentista le entregará a usted, como responsable de su hijo, la parte superior del Talón como justificante de haber sido aceptado para atenderle en el marco del PADI.
El resto del Talón, que se lo quedará el dentista, es imprescindible para que el Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea pueda pagarle lo establecido por atender a su hijo/a.
Si, dentro del mismo año, su hijo es atendido en sucesivas ocasiones, no es necesario presentar un nuevo Talón de Aceptación.
En caso de extravío, o de no haberlo recibido automáticamente, puede solicitarse otro Talón llamando al teléfono: 948 42 93 38.
¿QUÉ ES LA FICHA DE SEGUIMIENTO?
Es una ficha en la que el dentista va plasmando, conforme lo realiza, el plan de tratamiento que estableció en la revisión diagnóstica.
¿QUÉ ES EL IMPRESO "PAGO POR ACTO DENTAL"?
Es un impreso que el dentista utilizará cuando tenga que realizar ciertos tratamientos al niño o joven.
Pasos a seguir en estos casos:
- Diagnóstico y establecimiento del plan de tratamiento por parte del dentista.
- Envío del impreso a la Unidad de Salud Bucodental (en persona o por correo), señalando el tratamiento según los códigos establecidos para ello.
- Devolución inmediata de dicho impreso con la autorización de la Unidad Salud Bucodental.
- Realización del tratamiento, señalando la fecha.
- El responsable del niño/a o joven expresará su conformidad con el tratamiento recibido, mediante una firma en el recuadro correspondiente.
- El dentista enviará el impreso a la Unidad de Salud Bucodental para que se le pague lo que corresponda.
- En caso de necesidad de tratamiento urgente (por motivos médicos) se eludirán los pasos 2 y 3, señalando el carácter urgente de la intervención en el recuadro situado debajo de “tratamiento realizado”.
¿QUÉ ES EL IMPRESO DE DERIVACIÓN?
Es un impreso que el dentista lo utilizará cuando el niño/a o joven necesite:
- Alguna exploración complementaria (radiografía, analítica, 2ª opinión…)
- Ser derivado desde una consulta pública a una consulta privada para que se le realice algún tratamiento no incluido en las prestaciones del PADI.
- Ser derivado desde una consulta privada a una consulta pública para que se le realice algún tratamiento no abordable por el dentista concertado.
- Que la Unidad de Salud Bucodental determine dónde se le va a atender cuando se dé alguna de las situaciones por las que el dentista puede negarse a prestar sus servicios (ver apartado “tramitación”)
A usted se le dará un "Impreso de Derivación" en el que el dentista indicará el tratamiento o tramitación que se necesite.
¿QUÉ ES LA HOJA DE RECLAMACIÓN?
Es un impreso que sirve para que los padres o el dentista, y siempre a través de la Unidad de Salud Bucodental, puedan:
- Presentar quejas.
- Tramitar cualquier solicitud.
NORMATIVA
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