Registro de maquinaria agrícola.
-
DEPARTAMENTO
Desarrollo Rural y Medio Ambiente
-
OBJETO
Registro público en el que se inscribe y se actualiza la situación de la maquinaria agrícola de la Comunidad Foral de Navarra.
- Registro público y obligatorio en el caso de la maquinaria agrícola matriculable.
- Para la maquinaria agrícola no matriculable es un requisito exigido para la concesión de ciertas ayudas (CUMAS y otras).
- Los tipos de actuaciones más comunes del Registro son inscripción de maquinaria (nueva, importada usada, antigua, cambio de sector), transferencias y bajas (desguace, cambio de sector, exportación).
- Tramitación de solicitudes de actualización de la documentación de vehículos agrícolas (duplicados de cartillas).
- Asistir en la verificación documental a las estaciones móviles de Inspección Técnica de Vehículos (ITV) y actualización del Registro con las modificaciones derivadas de las inspecciones técnicas.
- Proporcionar información adecuada y apoyo técnico al propio Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y a otras instituciones que lo precisen (mediante los partes mensuales, informes, certificados, estudios técnico-económicos, etc.)
DESTINATARIOS
Cualquier persona física o jurídica podrá inscribir maquinaria agrícola siempre que la maquinaria resida en la Comunidad Foral de Navarra.
DOCUMENTACIÓN
Instrucciones para la realización de matriculaciones, transferencias, bajas e inscripción de maquinaria no matriculable
Para solicitar Certificados de Inscripción, siempre que no sean necesarios para presentar ante el Gobierno de Navarra:
A los particulares se les extenderá la Carta de Pago en el propio Registro y a las Gestorías se les facilitará un CD para su obtención con las instrucciones pertinentes.
PLAZO DE PRESENTACIÓN
Durante todo el año
TRAMITACIÓN
Tramitación presencial:
Proceso: (Consultar instrucciones del apartado "documentación")
- Recepción de solicitudes en el Registro de Maquinaria Agrícola
- Comprobación, inscripción y emisión de la Cartilla de Inscripción Agrícola, (excepto bajas).
- En el caso de maquinaria matriculable:
- Envío documentación a la Jefatura Provincial de Trafico para su matriculación, transferencia, etc. (para bajas ver Nota 1)
- La Jefatura Provincial de Tráfico comunica la matrícula asignada al Registro de Maquinaria Agrícola para su constancia en el expediente
En el caso de maquinaria no matriculable:
- Remisión de la cartilla de inscripción agrícola
- Si la máquina está sujeta a algún plan de ayudas y así se solicita, se envía certificado de inscripción al técnico responsable de la ayuda, para que se proceda al abono de la subvención.
Nota 1: En el caso de bajas por venta a otra Comunidad, el interesado entregará la baja del Registro al nuevo titular. En el resto de bajas, el interesado acudirá a la Jefatura Provincial de Tráfico con la baja del Registro y el justificante de pago, para concluir el proceso.
NORMATIVA
Orden de 28 de mayo de 1987 (BOE Nº 138, 10/06/87)
Contacte con nosotros
Registro de Maquinaria Agrícola (Ref. 31016)
Sección de Gestión Administrativa
C/Tudela 20-planta baja
31003 Pamplona
Tel. 848 426 682
Fax. 848 424 810
e-mail. jposadas@cfnavarra.es