Acreditar la capacitación para utilizar productos fitosanitarios a cualquier persona física que preste servicios de tratamientos con plaguicidas, mediante la superación de los correspondientes cursos o pruebas de capacitación, impartidos por centros autorizados, aun en el caso de realice tratamientos para fines propios.
Cualquier persona física que preste servicios de tratamientos con plaguicidas, aun en el caso de que el tratamiento se realice para fines propios
Una vez superado el curso de capacitación en los centros autorizados, debe presentar:
Durante todo el año y dentro del mes siguiente a la finalización del curso.
Tramitación presencial:
Proceso:
Orden Foral 75/2006, de 6 de marzo (B.O.N. nº 39, 31/03/06)