Subvenciones del año 2008 para la adquisición de turismos y motocicletas alimentados por combustibles alternativos.
Actuaciones subvencionables:
Plazo de realización de la inversión o gasto subvencionable: entre el 16 de septiembre de 2007 y el 14 de agosto de 2009, ambos inclusive.
Cuantía máxima de la subvención:
En cualquier caso, la subvención no podrá exceder del 15% de precio del turismo o moto eléctrica.
Las ayudas tendrán carácter de ayudas de minimis.
Personas físicas (particulares) residentes en Navarra, personas jurídicas, instituciones sin ánimo de lucro, entidades locales y cualesquiera otras asimilables a los anteriorse que reúnan los requisitos establecidos en la base 2ª de la convocatoria.
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