Subvenciones del año 2008 para la reducción del consumo de energía de las instalaciones térmicas (calefacción, climatización y producción de agua caliente sanitaria).
Subvenciones del año 2008 para la reducción del consumo de energía de las instalaciones térmicas (calefacción, climatización y producción de agua caliente sanitaria).
- CONVOCA
Innovación, Empresa y Empleo
-
NORMATIVA
Resolución 2185/2008, de 2 de julio, (BON 93, 30/07/2008) (30/07/2008, 93. NAO)
- OBJETO
Promover la realización de inversiones para la mejora de la eficiencia de las instalaciones térmicas (calefacción, climatización y producción de agua caliente sanitaria) destinadas a atender la demanda del bienestar térmico e higiene de las personas de los edificios existentes del sector residencial y terciario, con el objetivo de reducir su consumo de energía.
- CARACTERISTICAS
Se establecen ocho tipos de actuaciones que pueden ser subvencionables:
- a) Sustitución de calderas individuales de circuito abierto (atmosféricas), por otras de circuito estanco con alto rendimiento (consultar con el instalador):
Rendimiento mínimo a potencia nominal (PN) >= 90 + 2 log PN.
Ejemplo: potencia nominal 20 kW, rendimiento mínimo a PN >= 92,6%.
- b) Sustitución de calentadores de circuito abierto (atmosféricos) por otros de circuito estanco.
- c) Sustitución de sistemas de calefacción mediante radiadores o acumuladores eléctricos por sistemas de calefacción basados en calderas de circuito estanco con alto rendimiento.
- d) Reforma de instalaciones centralizadas.
- e) Reforma de redes de distribución.
- f) Instalación de sistemas de enfriamiento gratuito por aire exterior y de recuperación de calor del aire de extracción.
- g) Nuevas instalaciones de sistemas centralizados de calefacción y refrigeración urbana o de distrito o que den servicio a varios edificios, así como la reforma y ampliación de las existentes.
- h) Instalaciones geotérmicas de producción de energía térmica (calor y/o frío) para climatización utilizando bombas de calor que intercambien con el terreno, ya sea en circuito abierto o cerrado.
Plazo para la realización de la obra: entre 22 de septiembre de 2007 y el 14 de agosto de 2009, ambos inclusive.
DESTINATARIOS
- Personas físicas residentes en Navarra
- Personas jurídicas
- Instituciones sin ánimo de lucro
- Entidades locales
- Comunidades de propietarios
- Cualesquiera otras asimilables a las anteriores.
Deben cumplir con los requisitos establecidos en la base 2ª de la convocatoria
DOCUMENTACIÓN
- Documentación inicial:
- Impreso de solicitud (en el mismo se indica la documentación a presentar). Los impresos también pueden obtenerse en este Departamento y en las ORVES (Oficinas de Rehabilitación).
- Factura o presupuesto detallado de la instalación (según se trate de una obra ya ejecutada o pendiente de ejecución).
- Fotocopia del DNI del solicitante (si es un particular) o del CIF del solicitante (si es persona jurídica).
Documentación tras la concesión de la subvención:
- Fotocopia/s de factura/s y justificantes de pago (tales como documentos bancarios o recibos).
- Si la instalación no está realizada antes de solicitar la subvención, cuando el gasto subvencionable supere los 30.000 euros, el beneficiario deberá presentar dos ofertas y justificar por escrito la elección de la oferta seleccionada.
- Si nunca antes se han recibido subvenciones del Gobierno de Navarra: Solicitud de abono por transferencia.
- Otra documentación especificada en las bases reguladoras o en la resolución de concesión de la subvención.
PLAZO DE PRESENTACIÓN
DEL 31/07/2008 AL 15/10/2008
LUGAR DE PRESENTACIÓN
Registro del Departamento de Innovación, Empresa y Empleo
Parque Tomás Caballero, 1
31005 Pamplona
Otros lugares de presentación
PASOS SIGUIENTES
- Resolución concediendo o denegando la subvención.
- Presentación por el solicitante de la documentación especificada en la Resolución de concesión.
- Resolución de abono de la subvención.
CONTACTO
Marta Muro
Tel. 848 42 55 20
mmuro@cein.es
ADVERTENCIA:
El contenido de esta página tiene carácter meramente
informativo. Las condiciones de este Procedimiento son las publicadas en la Normativa
correspondiente.