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Subvenciones del año 2008 para la mejora del aislamiento térmico en edificios existentes.

Cerrada Subvenciones del año 2008 para la mejora del aislamiento térmico en edificios existentes.

  • CONVOCA Innovación, Empresa y Empleo
  • NORMATIVA Resolución 2184/2008, de 2 de julio, (BON 93, 30/07/2008) (30/07/2008, 93. NAO).
  • OBJETO Promover la realización de inversiones para la mejora del aislamiento térmico de los edificios existentes del sector residencial y terciario, con el objetivo de reducir su consumo de energía en calefacción y refrigeración.
  • CARACTERISTICAS

    Se pueden subvencionar tres tipos de actuaciones de mejora del aislamiento térmico:

    • Sustitución de huecos (ventanas, puertas de balcón y lucernarios). Deberá sustituirse el conjunto de carpintería y vidrios. El nuevo vidrio debe tener doble acristalamiento de forma que la suma de los espesores de los vidrios sea al menos de 8 mm. y el espesor de la cámara sea al menos de 10 mm. En el caso de carpintería metálica, debe tener rotura de puente térmico.
    • Rehabilitaciones a las que les es de aplicación la Sección HE1 del Código Técnico de la Edificación (CTE): modificaciones, reformas o rehabilitaciones de edificios existentes con una superficie útil superior a 1.000m2 donde se renueve más del 25% del total de sus cerramientos (para el cálculo del % renovado no se consideran los cerramientos en contacto con el terreno). Pueden incluir sustitución de huecos.
    • Otras rehabilitaciones, modificaciones o reformas a las que no les es de aplicación la Sección HE1 del CTE. Pueden incluir sustitución de huecos.

    Porcentaje y límites de subvención:

    • Sustitución de huecos. Vidrio normal, 20%; vidrio bajo emisivo, 25%.
    • Rehabilitaciones a las que les es de aplicación la Sección HE1 del CTE: 30%.
    • Otras rehabilitaciones, modificaciones o reformas a las que no les es de aplicación la Sección HE1 del CTE: 25%.

    No obstante los porcentajes anteriores, se establece un límite máximo de subvención de 10.000 euros por vivienda afectada, 300.000 euros por cada edificio de viviendas en bloque y 300.000 euros para edificios de uso distinto de vivienda.
    Plazo para la realización de la obra: entre el 22 de septiembre de 2007 y el 14 de agosto de 2009, ambos inclusive.

  • DESTINATARIOS
    • Personas físicas residentes en Navarra
    • Personas jurídicas
    • Instituciones sin ánimo de lucro
    • Entidades locales
    • Comunidades de propietarios 
    • Cualesquiera otras asimilables a las anteriores.

    Deben cumplir con los requisitos establecidos en la base 3ª de la convocatoria.

  • DOCUMENTACIÓN
    1. Documentación inicial:
      • Impreso de solicitud (en el mismo se indica la documentación a presentar). Los impresos también pueden obtenerse en el Departamento de Innovación, Empresa y Empleo (Parque Tomás Caballero, 1, Pamplona) y en las ORVES (Oficinas de Rehabilitación).
      • Factura o presupuesto detallado de la obra (según se trate de una obra ya ejecutada o pendiente de ejecución).
    2. Documentación tras la concesión de la subvención:
      • Fotocopia/s de factura/s y justificantes de pago (tales como documentos bancarios o recibos).
      • En aquellos casos en que el gasto subvencionable supere los 30.000 euros, el beneficiario deberá presentar dos ofertas y justificar por escrito la elección de la oferta seleccionada.
      • Si nunca antes se han recibido subvenciones del Gobierno de Navarra: Solicitud de abono por transferencia
  • PLAZO DE PRESENTACIÓN DEL 31/07/2008 AL 15/10/2008
  • LUGAR DE PRESENTACIÓN Registro del Departamento de Innovación, Empresa y Empleo
    Parque Tomás Caballero, 1
    31005 Pamplona
    Otros lugares de presentación
  • PASOS SIGUIENTES
    • Resolución concediendo o denegando la subvención.
    • Presentación por el solicitante de la documentación especificada en la Resolución de concesión.
    • Resolución de abono de la subvención.
  • CONTACTO

ADVERTENCIA: El contenido de esta página tiene carácter meramente informativo. Las condiciones de este Procedimiento son las publicadas en la Normativa correspondiente.

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