Ayudas a la creación de empleo para autónomos
- CONVOCA
Servicio Navarro de Empleo
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NORMATIVA
OBJETO
Promover la creación de empleo mediante el establecimiento de trabajadores desempleados como autónomos.
CARACTERISTICAS
Ayudas cofinanciadas al 45% por el Fondo Social Europeo por medio del Programa Operativo de la Comunidad Foral de Navarra 2000-2006 de Objetivo 3 (2000ES053PO305).

Cuantías máximas:
- 5.000 euros para desempleados en general.
- 6.000 euros para jóvenes desempleados de 30 o menos años.
- 7.000 euros para mujeres desempleadas.
- 8.000 euros para desempleados con discapacidad.
- 10.000 euros para mujeres desempleadas con discapacidad.
En el supuesto de mujeres víctimas de violencia de género, las cantidades se incrementarán en un 10 por ciento.
Requisitos:
- Estar desempleados e inscritos ininterrumpidamente en la oficina del Servicio Público de Empleo correspondiente durante, al menos, los 3 meses anteriores a la fecha de alta en el correspondiente Régimen Especial de la Seguridad Social.
- Haber realizado, en el periodo de tiempo comprendido entre los 6 meses anteriores a la fecha de alta en el correspondiente Régimen Especial de la Seguridad Social y los 3 meses posteriores a dicha fecha, inversiones dentro de la Comunidad Foral, en activos fijos materiales o software que sean necesarios para el ejercicio de la actividad por cuyo establecimiento se solicita subvención, por un importe mínimo de 12.000 euros por solicitante. Dichas inversiones se deberán justificar con facturas o documentos contables de valor probatorio equivalente fechados asimismo en el periodo anteriormente mencionado.
En el caso de inversiones en vehículos, solamente se considerarán acogibles los vehículos industriales o comerciales, entendiéndose como tales los siguientes:
- Todos los vehículos cuyo código de clasificación consignado en su ficha técnica no comience con 03, 04, 06, 10 ó 31, salvo que por parte del Servicio Navarro de Empleo se aprecie la concurrencia de circunstancias excepcionales que pudieran dar lugar a una consideración diferente.
- Los turismos destinados al servicio público de viajeros provistos de taxímetro.
- Los automóviles destinados al transporte de personas enfermas o accidentadas.
Se adjuntará a cada factura su correspondiente justificante de pago, entendiéndose como tal las transferencias bancarias, cargos o extractos bancarios que permitan comprobar la trazabilidad entre facturas y pagos. No se acepta como justificante de pago el cheque.
Estas subvenciones tienen la consideración de ayudas de mínimis (ver normativa de mínimis en el apartado “Normativa”).
DESTINATARIOS
Desempleados en el momento de su establecimiento como autónomo.
DOCUMENTACIÓN
PLAZO DE PRESENTACIÓN
DEL 01/01/2008 AL 31/12/2008El plazo de presentación de solicitudes será, como máximo, de tres meses, a computar desde la fecha de creación del autoempleo.
LUGAR DE PRESENTACIÓN
Servicio Navarro de Empleo
Arcadio Mª Larraona, 1-2ª planta
31008 Pamplona
Otros lugares de presentación
RESULTADOS
2006 2007
CONTACTO
José Manuel Panisello Simón
Tel.: 848.424.446
Fax: 848.424.470
jpansels@cfnavarra.es