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Ayudas a la creación de empleo para autónomos

Abierta Ayudas a la creación de empleo para autónomos

  • CONVOCA Servicio Navarro de Empleo
  • NORMATIVA
  • OBJETO Promover la creación de empleo mediante el establecimiento de trabajadores desempleados como autónomos.
  • CARACTERISTICAS

    Ayudas cofinanciadas al 45% por el Fondo Social Europeo por medio del Programa Operativo de la Comunidad Foral de Navarra 2000-2006 de Objetivo 3 (2000ES053PO305).

    Cuantías máximas:

    • 5.000 euros para desempleados en general.
    • 6.000 euros para jóvenes desempleados de 30 o menos años.
    • 7.000 euros para mujeres desempleadas.
    • 8.000 euros para desempleados con discapacidad.
    • 10.000 euros para mujeres desempleadas con discapacidad.

    En el supuesto de mujeres víctimas de violencia de género, las cantidades se incrementarán en un 10 por ciento.

    Requisitos:

    • Estar desempleados e inscritos ininterrumpidamente en la oficina del Servicio Público de Empleo correspondiente durante, al menos, los 3 meses anteriores a la fecha de alta en el correspondiente Régimen Especial de la Seguridad Social.
    • Haber realizado, en el periodo de tiempo comprendido entre los 6 meses anteriores a la fecha de alta en el correspondiente Régimen Especial de la Seguridad Social y los 3 meses posteriores a dicha fecha, inversiones dentro de la Comunidad Foral, en activos fijos materiales o software que sean necesarios para el ejercicio de la actividad por cuyo establecimiento se solicita subvención, por un importe mínimo de 12.000 euros por solicitante. Dichas inversiones se deberán justificar con facturas o documentos contables de valor probatorio equivalente fechados asimismo en el periodo anteriormente mencionado.

    En el caso de inversiones en vehículos, solamente se considerarán acogibles los vehículos industriales o comerciales, entendiéndose como tales los siguientes:

    • Todos los vehículos cuyo código de clasificación consignado en su ficha técnica no comience con 03, 04, 06, 10 ó 31, salvo que por parte del Servicio Navarro de Empleo se aprecie la concurrencia de circunstancias excepcionales que pudieran dar lugar a una consideración diferente.
    • Los turismos destinados al servicio público de viajeros provistos de taxímetro.
    • Los automóviles destinados al transporte de personas enfermas o accidentadas.

     

    Se adjuntará a cada factura su correspondiente justificante de pago, entendiéndose como tal las transferencias bancarias, cargos o extractos bancarios que permitan comprobar la trazabilidad entre facturas y pagos. No se acepta como justificante de pago el cheque.

    Estas subvenciones tienen la consideración de ayudas de mínimis (ver normativa de mínimis en el apartado “Normativa”).

  • DESTINATARIOS

    Desempleados en el momento de su establecimiento como autónomo.

  • DOCUMENTACIÓN
  • PLAZO DE PRESENTACIÓN DEL 01/01/2008 AL 31/12/2008

    El plazo de presentación de solicitudes será, como máximo, de tres meses, a computar desde la fecha de creación del autoempleo.

  • LUGAR DE PRESENTACIÓN Servicio Navarro de Empleo
    Arcadio Mª Larraona, 1-2ª planta
    31008 Pamplona
    Otros lugares de presentación
  • RESULTADOS

    2006 2007

  • CONTACTO

    José Manuel Panisello Simón
    Tel.: 848.424.446
    Fax: 848.424.470
    jpansels@cfnavarra.es

ADVERTENCIA: El contenido de esta página tiene carácter meramente informativo. Las condiciones de este Procedimiento son las publicadas en la Normativa correspondiente.

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