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Ayudas para promover instalaciones de aprovechamiento de energias renovables

Cerrada Ayudas a instalaciones de aprovechamiento de energías renovables

  • CONVOCA

    Innovación, Empresa y Empleo.

  • NORMATIVA

    RESOLUCIÓN 1594/2008, de 21 de mayo, de la Directora General de Empresa, por la que se aprueba la convocatoria de la subvención a instalaciones de aprovechamiento de energías renovables del año 2008 (BON 74, de 16.6.08)

  • OBJETO

    Concesión de subvenciones a la inversión en instalaciones de aprovechamiento de energías renovables para el año 2008.

  • CARACTERISTICAS

    Podrán ser objeto de ayudas las inversiones realizadas en Navarra, en los siguientes tipos de instalación:

    • Solar térmica
    • Solar fotovoltáica aislada de red
    • Solar fotovoltaica conectada a la red:
      • con finalidades didácticas
      • llevadas a cabo por entidades locales con fines demostrativos y de concienciación
      • con integración arquitectónica en tejados o fachadas de edificios de viviendas y en naves ubicadas en polígonos
    • Eólica aislada de red
    • Eólica conectada a la red
    • Producción térmica con biomasa para uso no industrial
    • Instalaciones de aprovechamiento energético del biogas
    • Instalaciones mixtas de dos o más de los tipos anteriores.

    La puesta en funcionamiento de las instalaciones deberá realizarse en el plazo que se indique en la resolución de concesión. El gasto y pago de las inversiones deberá realizarse entre el 1 de enero de 2007 y el 31 de diciembre de 2008, salvo en las instalaciones de biogás, en que la fecha de finalización será el 30 de abril de 2009.

    Importe de la ayuda y límites:

    Solar térmica:

    • Con integración arquitectónica: 65% del coste subvencionable
    • Sin integración arquitectónica: 50% del coste subvencionable

    Solar fotovoltaica y eólica aisladas de la red

    • Fincas de recreo: 20% del coste subvencionable
    • Resto de instalaciones: 50% del coste subvencionable

    Solar fotovoltaica o eólica conectada a la Red

    20% del coste subvencionable

    Biomasa Térmica

    • Chimeneas domésticas: 15%, con el límite de un máximo subvencionable de 600 €/Kw.
    • Calderas con sistema de almacenamiento y alimentación automática del combustible con una autonomía mínima de 100 horas: 50%, con el límite de un máximo subvencionable de 600 €/Kw.

    Biogás con potencia eléctrica instalada <350KWe (o térmica <1.100KWt):

    • 50% del coste subvencionable
  • DESTINATARIOS

    Las personas físicas o jurídicas de naturaleza pública o privada que realicen inversiones en las instalaciones de aprovechamiento energético mencionadas en el apartado anterior y cumplan con los requisitos establecidos en la convocatoria.

  • DOCUMENTACIÓN
    1. Documentación inicial:
      • Formulario de Solicitud
      • Copia del DNI del solicitante (si es un particular) o del CIF del solicitante (si es persona jurídica).
    2. Documentación tras la concesión:
      • La que se especifique en la correspondiente resolución de concesión.
      • En aquellos casos en que el gasto subvencionable supere los 30.000 euros, el beneficiario deberá presentar un mínimo de dos ofertas y justificar la elección de la oferta seleccionada para la realización de la instalación.
      • Solicitud de abono por transferencia

     

  • PLAZO DE PRESENTACIÓN DEL 17/06/2008 AL 31/08/2008
  • LUGAR DE PRESENTACIÓN Registro del Departamento de Innovación, Empresa y Empleo, Parque Tomás Caballero, nº 1, 31005 Pamplona
    Otros lugares de presentación
  • PASOS SIGUIENTES
    • Resolución concediendo o denegando la ayuda solicitada.
    • Resolución de abono de la ayuda en caso afirmativo.
  • RESULTADOS Subvenciones concedidas en la convocatoria del año 2007. Relación de beneficiarios
  • CONTACTO

    Miguel Irisarri
    Tel. 848 42 55 15
    mirisarri@cein.es  

    Alejandro Bernarte
    Tel. 848 42 55 21
    abernarte@cein.es 

ADVERTENCIA: El contenido de esta página tiene carácter meramente informativo. Las condiciones de este Procedimiento son las publicadas en la Normativa correspondiente.

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