Contrataciones por las organizaciones profesionales agrarias que realicen actividades relacionadas con el plan de temporeros
Orden Foral de 6 de abril de 2001 (BON nº 50 de 23/04/2001)
Favorecer la contratación por las organizaciones profesionales agrarias de Navarra de personas que realicen actividades relacionadas con los trabajadores temporales previstas en el Plan de Temporeros, en su calidad de organizaciones que representan y defienden los intereses de los empleadores agrícolas.
Coste salarial de los trabajadores contratados que será igual al resultado de multiplicar el número de trabajadores contratados por el número de meses de duración del contrato y por el módulo que le corresponda en función del grupo de cotización a la Seguridad Social del trabajador contratado.
Módulo A: Asciende al salario mínimo interprofesional mensual, vigente cada año, incluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias, así como la cotización a la Seguridad Social por todos los conceptos, por cada trabajador contratado en los grupos de cotización de la Seguridad Social 10 y 11.
Módulo B: Dos veces el salario mínimo interprofesional mensual, vigente cada año, incluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias o la cuantía prevista en Convenio Colectivo de aplicación de ser ésta inferior, así como la cotización a la Seguridad Social por todos los conceptos, por cada trabajador contratado dentro de los grupos de cotización a la Seguridad Social 9 a 5, ambos inclusive.
Módulo C: Tres veces el salario mínimo interprofesional mensual, vigente cada año, incluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias o la cuantía prevista en Convenio Colectivo de aplicación de ser ésta inferior, así como la cotización a la Seguridad Social por todos los conceptos, por cada trabajador contratado dentro de los grupos de cotización a la Seguridad Social 4 a 1, ambos inclusive.
Las organizaciones profesionales agrarias implantadas en la Comunidad Foral de Navarra que presenten proyectos integrales de atención a los temporeros para Navarra y que tengan experiencia contrastada en la intermediación de contratación de trabajadores temporeros agrarios y en la ade-cuación del proceso a la legalidad vigente.
Conforme a la documentación señalada en la Convocatoria (Artículos 3º y 5º):
Las solicitudes deben presentarse en el mes de enero de cada año.
Edurne Cenoz Lapeña
Tel: 848.424.410
Fax: 848.424.470
ecenozla@navarra.es
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