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Pago de cuotas a la Seguridad Social de los trabajadores que han capitalizado las prestaciones por desempleo

Abierta Abono de cuotas a la Seguridad Social de los trabajadores que han capitalizado las prestaciones por desempleo

  • CONVOCA Servicio Navarro de Empleo
  • NORMATIVA

    - Real Decreto 1044/85, de 19 de junio (B.O.E. nº 157 de 02/07/1985).
    - Orden de 13 de abril de 1994 (B.O.E. nº 106 de 04/05/1994).
    - Ley 45/2002 de 12 de diciembre (B.O.E. nº 298 de 13/12/2002) Disposición Transitoria cuarta.
    - Real Decreto 1413/2005, de 25 de noviembre (B.O.E. nº 299 de 15/12/2005).

  • OBJETO

    Favorecer la incorporación de trabajadores a Cooperativas y Sociedades Laborales o trabajadores minusválidos que se constituyan como autónomo.

  • CARACTERISTICAS

    Se abonará el 50% de la cuota mínima del régimen autónomo de la Seguridad Social o el 100% de la aportación del trabajador al régimen general de Seguridad Social, durante el tiempo que se hubiera percibido la prestación por desempleo de no haberse percibido en su modalidad de pago único.

  • DESTINATARIOS

    Trabajadores en desempleo que se incorporen a una Cooperativa o Sociedad Laboral como Socios-Trabajadores, o trabajadores minusválidos en desempleo que se constituyan como autónomos.

  • DOCUMENTACIÓN
  • PLAZO DE PRESENTACIÓN DEL 01/01/2008 AL 31/12/2008

    El plazo para la presentación de dichos boletines de cotización, a efectos del abono de las subvenciones reguladas en esta Orden, expirará una vez transcurridos seis meses contados a partir del mes objeto de subvención.

  • LUGAR DE PRESENTACIÓN Servicio Navarro de Empleo
    Arcadio Mª Larraona, 1-2ª planta
    31008 Pamplona
    Otros lugares de presentación
  • RESULTADOS 2006 2007
  • CONTACTO

    Jesús Izco Tejada
    Tel.: 848.424.434
    Fax: 848.424.470
    jizcotej@cfnavarra.es

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