Subvenciones a entidades sin ánimo de lucro de Navarra dirigidas a fomentar y promover la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres.
Apoyar la participación de las mujeres en el tejido asociativo navarro impulsando proyectos orientados a la promoción de la igualdad de oportunidades que se desarrollen entre el 1 de enero y el 12 de diciembre de 2008.
El importe total de la subvención asciende a 277.978 euros.
Entidades sin ánimo de lucro de Navarra, que desarrollen en cualquier ámbito de la vida, proyectos dirigidos a la consecución de la igualdad real para mujeres y hombres, objetivo que debe encontrarse expresamente recogido en sus estatutos.
1. Solicitud (Castellano / Euskera)
2. Certificado actualizado de que se encuentra al corriente de las obligaciones tributarias.
3. Certificado actualizado de que se encuentra al corriente de las obligaciones con la Seguridad Social.
4. Certificado firmado por quien represente a la entidad donde conste que la misma no tiene ninguna deuda pendiente por ningún concepto con la Admnistración de la Comunidad Foral y que no está incursa en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiaria contempladas en el art. 13 de la Ley de Subvenciones.
5. En caso de solicitar subvención por primera vez, documentación acreditativa de la personalidad, y en su caso, estatutos, inscripción en el Registro correspondiente y Tarjeta de Identificación Fiscal de la entidad.
6. Copia del artículo o artículos de los Estatutos en los que conste el compromiso de la Asociación con la consecución de la igualdad real para mujeres y hombres en todos los ámbitos de la vida (a excepción de las Entidades que están censadas en el INAI).
7. Declaración firmada por quien ostente la representación de la entidad, informando de la identidad de quienes componen su órgano de representación.
8. Solicitud de abono por transferencia si se pide subvención por primera vez.
Con fecha límite 12 de diciembre de 2.008 se deberá presentar la siguiente documentación:
1. Memoria de actividades
2. Relación de justificantes de gasto de todas las actividades subvencionadas.
Nota: Los resultados serán publicados en la Web y además se remitirá a cada Entidad la Resolución de concesión.
ADVERTENCIA: El contenido de esta página tiene carácter meramente informativo. Las condiciones de este Procedimiento son las publicadas en la Normativa correspondiente.