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Subvenciones a Entidades Locales para el desarrollo de Programas de Juventud - 2008

Cerrada Subvenciones a Entidades Locales para el desarrollo de Programas de Juventud - 2008

  • CONVOCA

    Instituto Navarro de la Juventud.
    Asuntos Sociales, Familia, Juventud y Deporte.

  • NORMATIVA Orden Foral 252/2008, de 24 de junio (BON nº 89 del 21/07/2008)
  • OBJETO

    La convocatoria tiene por objeto establecer el régimen de concesión de subvenciones a Entidades Locales de Navarra para el desarrollo de actividades de juventud, para el año 2008, en régimen de evaluación individualizada.

    La utilidad social de estos programas radica en posibilitar la participación, formación e integración de los jóvenes en la vida de su municipio.

  • CARACTERISTICAS

    Presupuesto de 395.000 € para financiar iniciativas y actividades organizadas entre el 1 de noviembre de 2007 y el 31 de octubre de 2008 y dirigidas con carácter exclusivo a los jóvenes.

    Definición del plan local de juventud

    Podrá solicitarse ayuda económica para la redacción de planes locales de juventud, y nunca para la puesta en marcha o aplicación del citado plan, los ayuntamientos de 7.000 o más habitantes y las Mancomunidades de Servicios Sociales de Base que agrupen a más de 7.000 habitantes, según datos censales a 1 de enero de 2007.

    El documento final contendrá información sobre los siguientes ámbitos que configurarán el Plan de Juventud definitivo: diagnóstico y análisis de la realidad social; fundamento del plan y características; destinatarios; colaboradores y entidades implicadas; estructura del plan: objetivos, líneas estratégicas, áreas, acciones; presupuesto económico para su aplicación; evaluación e indicadores por áreas.

    Los planes locales de juventud se subvencionarán con el 50% del gasto hasta un máximo de 6.000 €.

    Programa de actividades ordinarias

    En este apartado se facilitará ayuda a las Entidades Locales para el conjunto de actividades de juventud que se desarrollan de manera estable y continua en la programación de la Entidad Local:

    • Promoción de los ganadores "Encuentros de jóvenes artistas de Navarra" del concurso organizado por el Instituto Navarro de la Juventud. El conjunto de las 5 modalidades deberán realizarse en un periodo de 10 días, previa solicitud al mencionado Instituto.
    • Formativas: Se entienden como formativas aquellas acciones de educación no formal dirigidas a proporcionar a los jóvenes conocimientos y experiencias válidas para la vida social.
    • De ocio y recreativas: Se entiende como actividades de ocio y recreativas aquellas que se realizan, bien en locales o bien al aire libre, y tienen por objeto el esparcimiento, la recreación o la educación no formal con las exclusiones apuntadas en la base 3.3. de esta convocatoria.
    • De movilidad: Organización de campamentos y salidas a albergues para menores de 30 años que se realicen fuera de la localidad con una permanencia superior a dos noches (impreso de comunicación que deberá notificarse al Instituto Navarro de la Juventud con 15 días de antelación).
    • Intercambios internacionales: Serán incompatibles con la subvención a los programas de "Juventud en acción".

    Quedan excluidas de la presente convocatoria:

    • Los programas deportivos.
    • Festejos locales, populares, conciertos, carnavales, festivales, cabalgatas y otras similares.
    • Actividades realizadas por otras entidades y colectivos que sean subvencionadas por las Entidades Locales.
    • Los programas que sean competencia de otros Departamentos del Gobierno de Navarra, estén o no subvencionados.

    La subvención del programa de actividades ordinarias no superará ni el 33,3% del coste total de la actividad ni el 50% del déficit ocasionado por dicha actividad, y se destinarán a sufragar parcialmente los gastos generados por la realización de las actividades.

    En el supuesto de que el crédito presupuestario existente para hacer frente a la convocatoria, en relación con el número de solicitudes presentadas, sea insuficiente para conceder las subvenciones en las cuantías máximas previstas, se procederá a prorratear el crédito existente entre los beneficiarios de la subvención. A tal efecto las cuantías máximas previstas se reducirán en el porcentaje necesario para la aplicación del prorrateo.

    La cuantía máxima que podrán percibir las Entidades Locales en base a esta convocatoria será de 45.000 €.

  • DESTINATARIOS Entidades Locales de Navarra.
  • DOCUMENTACIÓN La documentación deberá incluir:
    • Memoria general del Programa.
    • Balance económico de ingresos y gastos desglosado por actividades.
    • Justificantes de los gastos (facturas originales o copias compulsadas).
    • Cuando el importe del gasto subvencionable supere los 12.000 €, declaración responsable que señale que la elección del proveedor se ha realizado con criterios de eficiencia y economía.
    • Declaración responsable de hallarse al corriente de las obligaciones tributarias así como frente a la Seguridad Social y de no tener reintegros pendientes ante la Administración de la Comunidad Foral de Navarra.
    La Subdirección de Juventud podrá requerir la ampliación o mejora de la información presentada o solicitada.
  • PLAZO DE PRESENTACIÓN DEL 21/07/2008 AL 31/10/2008

    Las solicitudes que se presenten a través de las oficinas de correos deberán ir en sobre abierto para ser fechadas y selladas antes de su certificación.

  • LUGAR DE PRESENTACIÓN Registro del Instituto Navarro de Deporte y Juventud.
    C/ Arrieta, 25.
    31002 - Pamplona.
    Otros lugares de presentación
  • PASOS SIGUIENTES

    La Resolución de las solicitudes la llevará a cabo el Director Gerente del Instituto Navarro de Deporte y Juventud en el plazo máximo de 2 meses desde la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

    Todas las Resoluciones de concesión de subvenciones se expondrán, a efectos de publicidad e información pública, en la sede del Instituto Navarro de la Juventud.

    Transcurrido dicho plazo sin resolución expresa, las solicitudes se entenderán desestimadas.

    Los beneficiarios de la subvención deberán:

    • Destinarlas a los fines para los que se concedan.
    • Admitir y facilitar las comprobaciones requeridas por el Instituto Navarro de Deporte y Juventud u otros órganos competentes.
    • Estar al corriente de sus obligaciones con la Hacienda Pública de Navarra, así como frente a la Seguridad Social y no tener pendientes reintegros con la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, en el momento en que se dicte propuesta de resolución.
    • Proceder al reintegro de los fondos percibidos en los supuestos contemplados en el artículo 35 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones.
    • Las entidades locales deberán comunicar a los participantes de las actividades juveniles que éstas han sido subvencionadas por el Gobierno de Navarra.

  • CONTACTO

    Negociado de Asociaciones y Entidades Locales
    848-427842 - asanmilp@navarra.es

     

ADVERTENCIA: El contenido de esta página tiene carácter meramente informativo. Las condiciones de este Procedimiento son las publicadas en la Normativa correspondiente.

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