Subvenciones a Entidades Locales para el desarrollo de Programas de Juventud - 2008
Instituto Navarro de la Juventud.
Asuntos Sociales, Familia, Juventud y Deporte.
La convocatoria tiene por objeto establecer el régimen de concesión de subvenciones a Entidades Locales de Navarra para el desarrollo de actividades de juventud, para el año 2008, en régimen de evaluación individualizada.
La utilidad social de estos programas radica en posibilitar la participación, formación e integración de los jóvenes en la vida de su municipio.
Presupuesto de 395.000 € para financiar iniciativas y actividades organizadas entre el 1 de noviembre de 2007 y el 31 de octubre de 2008 y dirigidas con carácter exclusivo a los jóvenes.
Definición del plan local de juventud
Podrá solicitarse ayuda económica para la redacción de planes locales de juventud, y nunca para la puesta en marcha o aplicación del citado plan, los ayuntamientos de 7.000 o más habitantes y las Mancomunidades de Servicios Sociales de Base que agrupen a más de 7.000 habitantes, según datos censales a 1 de enero de 2007.
El documento final contendrá información sobre los siguientes ámbitos que configurarán el Plan de Juventud definitivo: diagnóstico y análisis de la realidad social; fundamento del plan y características; destinatarios; colaboradores y entidades implicadas; estructura del plan: objetivos, líneas estratégicas, áreas, acciones; presupuesto económico para su aplicación; evaluación e indicadores por áreas.
Los planes locales de juventud se subvencionarán con el 50% del gasto hasta un máximo de 6.000 €.
Programa de actividades ordinarias
En este apartado se facilitará ayuda a las Entidades Locales para el conjunto de actividades de juventud que se desarrollan de manera estable y continua en la programación de la Entidad Local:
Quedan excluidas de la presente convocatoria:
La subvención del programa de actividades ordinarias no superará ni el 33,3% del coste total de la actividad ni el 50% del déficit ocasionado por dicha actividad, y se destinarán a sufragar parcialmente los gastos generados por la realización de las actividades.
En el supuesto de que el crédito presupuestario existente para hacer frente a la convocatoria, en relación con el número de solicitudes presentadas, sea insuficiente para conceder las subvenciones en las cuantías máximas previstas, se procederá a prorratear el crédito existente entre los beneficiarios de la subvención. A tal efecto las cuantías máximas previstas se reducirán en el porcentaje necesario para la aplicación del prorrateo.
La cuantía máxima que podrán percibir las Entidades Locales en base a esta convocatoria será de 45.000 €.
Las solicitudes que se presenten a través de las oficinas de correos deberán ir en sobre abierto para ser fechadas y selladas antes de su certificación.
La Resolución de las solicitudes la llevará a cabo el Director Gerente del Instituto Navarro de Deporte y Juventud en el plazo máximo de 2 meses desde la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
Todas las Resoluciones de concesión de subvenciones se expondrán, a efectos de publicidad e información pública, en la sede del Instituto Navarro de la Juventud.
Transcurrido dicho plazo sin resolución expresa, las solicitudes se entenderán desestimadas.
Los beneficiarios de la subvención deberán:
Negociado de Asociaciones y Entidades Locales
848-427842 - asanmilp@navarra.es
ADVERTENCIA: El contenido de esta página tiene carácter meramente informativo. Las condiciones de este Procedimiento son las publicadas en la Normativa correspondiente.