Subvenciones a Entidades de Juventud para desarrollo de programas de integración y orientación socio-laboral - 2008
Instituto Navarro de la Juventud.
Asuntos Sociales, Familia, Juventud y Deporte.
Financiar la puesta en marcha por las entidades de juveniles de Navarra de programas de integración y orientación socio-laboral dirigidos a jóvenes.
La utilidad social del programa radica en que en estos programas sean los jóvenes los que informan y orientan a otros jóvenes, facilitando la intercomunicación y los resultados de las acciones.
Se financiará un único proyecto que destaque por su interés y calidad, pudiendo llegar al 100% del presupuesto con un máximo de 102.500 €.
La concesión se realizará por concurrencia competitiva, valorando con un máximo de 10 puntos cada uno de los siguientes apartados:
El periodo de tiempo para realizar estos proyectos se fija entre la fecha de comunicación de la Resolución por la que se acepta el proyecto y el 31de diciembre de 2008.
La subvención es compatible con otras a condición de que:
En este sentido, se deberá comunicar la obtención de toda financiación obtenida para la actividad subvencionada.
Las Entidades Juveniles inscritas en el Censo de Entidades de la Juventud del Instituto Navarro de la Juventud que estén realizando actividades de integración y orientación socio-laboral para los jóvenes.
Se admitirán proyectos presentados por una o más Asociaciones Juveniles, siempre que cumplan la condición anterior y presenten un documento de actuación conjunta con designación de la entidad que contrae las obligaciones de la solicitud.
La Subdirección de Juventud podrá requerir la ampliación o mejora de la información en los documentos presentados o solicitados.
La Directora Gerente del Instituto Navarro de la Juventud resolverá la concesión de las solicitudes en el plazo máximo de 10 días hábiles a partir de la finalización del plazo de presenntación de solicitudes.
Las solicitudes se entenderán desestimadas transcurrido el plazo establecido sin resolución expresa.
Según indica la base 9, la asociación beneficiaria queda obligada a presentar, antes del 28 de noviembre de 2008:
Sección de Relaciones con Entidades
848-427842 - asanmilp@navarra.es
ADVERTENCIA: El contenido de esta página tiene carácter meramente informativo. Las condiciones de este Procedimiento son las publicadas en la Normativa correspondiente.