Subvenciones a Escuelas de Tiempo Libre oficialmente reconocidas - 2008
Instituto Navarro de la Juventud.
Asuntos Sociales, Familia, Juventud y Deporte.
Orden Foral 248/2008, de 19 de junio (BON nº 90 del 23/07/2008)
Dotar de medios básicos de funcionamiento (equipamiento docente y auxiliar) a las Escuelas de Tiempo Libre oficialmente reconocidas (ETLs) que realizan cursos de monitores y directores de tiempo libre.
Ayudar a las Escuelas de Tiempo Libre, dado su carácter no lucrativo, en el pago de sus gastos de equipamiento, tales como:
Ya que ello redundará en una mejor formación de nuestros jóvenes en materia de actividades al aire libre; y, por lo tanto, en una mayor seguridad en el desarrollo de las mismas
Se subvencionará el 100% del gasto con el límite máximo de 4.000 € por escuela con un presupuesto de 28.000 €.
Las Escuelas de Educadores en el Tiempo Libre reconocidas oficialmente por el Instituto Navarro de Deporte y Juventud, de conformidad con el Decreto Foral 235/1999, de 21 de junio (BON 88, 16/07/1999).
Para acceder a esta subvención, el 10% del profesorado de cada Escuela deberá haber realizado el curso de Formador de Formadores programado por la ENAJ.
Las solicitudes se presentarán conforme a los impresos facilitados por el Instituto Navarro de la Juventud, en los que deberá figurar:
Se especificarán las características de los instrumentos y equipos. En los equipamientos se cuidará la elección de productos ambientalmente correctos, que no tengan sustancias peligrosas para las personas o para el medio ambiente, reciclados, de larga duración, modulares, multiuso, y en su caso, con madera procedente de explotaciones sostenibles. Los equipos informáticos estarán configurados en modo ahorro de energía. Las impresoras y fotocopiadores permitirán el uso de papel reciclado y la impresión a dos caras.
Cuando el importe del gasto subvencionable supere la cantidad de 12.000€ el beneficiario deberá presentar declaración responsable en la que señale que la elección del proveedor se ha realizado con criterios de eficiencia y economía, en aquellos supuestos de suministro de bienes o prestación de servicios por empresas de consultoría o asistencia.
En la presentación de la documentación solicitada se sugiere la utilización de papel reciclado y papel blanqueado sin cloro, y la impresión o fotocopiado a dos caras.
Plazo de dos meses contados a partir del día siguiente a la publicación de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL de Navarra
Registro del Instituto Navarro de la Juventud.
C/ Arrieta, 25. 31002. Pamplona
La Resolución de la convocatoria se llevará a cabo por la Directora del Instituto Navarro de la Juventud en el plazo de un mes, contado desde la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
La Resolución de concesión de subvenciones se expondrá, a efectos de publicidad e información pública, en la sede del Instituto Navarro de la Juventud.
Transcurrido este plazo sin resolución expresa las solicitudes se entenderán desestimadas.
Los beneficiarios de las subvenciones deberán:
Esta subvención será incompatible con subvenciones de la propia administración, de otras administraciones públicas y de otros entes públicos o privados o de particulares nacionales e internacionales.
Negociado de Formación e Información (848-427844) infojuve@navarra.es
ADVERTENCIA: El contenido de esta página tiene carácter meramente informativo. Las condiciones de este Procedimiento son las publicadas en la Normativa correspondiente.